Día sin carro y sin moto 2022: qué día cae, cuándo es en septiembre y excepciones

Con el objetivo de cuidar el medio ambiente, en Bogotá se realizará una nueva jornada del ‘Día sin carro y sin moto’. Sigue de cerca todas las indicaciones en la siguiente nota de Depor.
Día sin carro y sin moto: mira el día de septiembre que no podrán circular (Foto: Colprensa)

Aunque solo se realiza una vez al año, la misión del ‘Día sin carro y sin moto’ en es reducir el nivel de contaminación en la capital de y promover un transporte sostenible y eficiente. Esta vez, la jornada caerá en días de septiembre y, como todos los años, hay unos residentes que tienen algunas dudas, por lo que no te pierdas toda la información que te taremos en los siguientes párrafos de Depor.

Lo primero que tienes que tomar en cuenta es que el evento no se realiza desde el año 2020 debido a la pandemia, razón por la que muchos ciudadanos empiezan a consultar si habrá o no algunas excepciones de cara a dicho día. El único cambio significativo de la jornada es que ahora se realizará en la última época del año, cuando antes era en el inicio.

Y es que cuando se quiso realizar en febrero, el día tuvo que ser aplazado debido a la pandemia. “Recuerden que a inicios de año tradicionalmente celebramos nuestro día sin carro en Bogotá, que quiero recordar no es una iniciativa de la Alcaldía, es una iniciativa de la ciudadanía que está establecida por mandato para que, por lo menos una vez al año, hagamos el día sin carro”, dijo en su momento la alcaldesa Claudia López.

¿Cuál es el Día sin carro y sin moto en Bogotá?

Tanto la alcaldesa como la nueva secretaria de Movilidad, Deyanira Ávila Moreno, confirmaron que el evento está programado para el jueves 22 de septiembre. Así que ese día, solo podrán estar en la calle algunos vehículos autorizados para el transporte público y de alimentos de primera mano.

Excepciones del día sin carro

Pese a que no hay nada oficial, hace dos años, antes de la pandemia, se dictaminó que los carros que podían circular en este día eran los de transporte público, así como también vehículos y motocicletas conducidos por personas en condición de discapacidad. Además, estuvieron exentos aquellos carros de transporte con capacidad para movilizar más de 10 pasajeros.

Así como los vehículos y motocicletas destinados a operativos de las empresas de servicios públicos domiciliario. Incluyendo los que se encargaban del control del tráfico y las grúas que prestaban el servicio para la Secretaría Distrital de Movilidad.

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