El 1 de setiembre se jugó un nuevo sorteo de la ‘Lotería de Bogotá' en Colombia, por lo que te pediremos estar atento a todos los pormenores. Recuerda que estos eventos ocupan una posición muy importante entre las distintas actividades comerciales que benefician al país. Echa un vistazo a los resultados del sorteo y números ganadores en la siguiente nota.
Esta famosa lotería se lleva a cabo todos los jueves de las semanas y, en caso de ser día festivo, se aplaza para el siguiente día hábil. Asimismo, también se conocerán los resultados de los principales chances que entregaron nuevos ganadores durante este día.
Pese a su antigüedad, esta lotería ha sabido conservar el interés de los jugadores con el paso de los años. Esto se debe a que los planes de premiación son realmente atractivos, pero además de ello, los billetes se adquieren por costos más bajos, en comparación a los de las compañías competidoras.
Lotería de Bogotá: resultados del 1 de setiembre
Lotería de Bogotá: resultados del 25 de agosto
Lotería de Bogotá: ¿cómo participar del sorteo?
Si es que todavía no tienes tu billete, puedes comprar Lotería de Bogotá de muchas maneras:
- Por el portal web: www.loteriadebogota.com.
- Por sus loteros o distribuidores de lotería física.
- En maquinas ‘Baloto’.
- En puntos ‘Paga Todo’.
- En Loticolombia.
Lotería de Bogotá: ¿a qué hora se juega?
De acuerdo al cronograma de sorteos ordinarios emitido por el Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar, la ‘Lotería de Bogotá' se juega todos los jueves a partir de las 10:30 pm, dependiendo de los espacios en televisión, por el Canal Uno, salvo en los casos en que por circunstancias ajenas a nuestra voluntad deba retrasarse.
¿Qué hacer si ganas la ‘Lotería de Bogotá'?
Para solicitar la entrega del premio, se debe presentar el certificado de Registro Único Tributario (RUT) expedido por la DIAN y una copia de la cédula de ciudadanía. Un ganador de la lotería no recibirá la suma de dinero completa debido al descuento que hará la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
Es así como, de acuerdo con lo fijado en el Estatuto Tributario, el ganador tendrá que pagar el impuesto por ganancias ocasionales, que corresponde al 20 % del premio, más el descuento derivado del impuesto financiero conocido como 4 x 1.000 sobre el valor bruto obtenido.
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