Daniel Peredo falleció el 18 de febrero del 2018 por un paro cardiaco. Foto: Archivo GEC
Daniel Peredo falleció el 18 de febrero del 2018 por un paro cardiaco. Foto: Archivo GEC

La familia de le ganó el juicio a Media Networks Latin América S.A.C., casa donde trabajó el fallecido periodista por más de 15 años, por el pago de beneficios laborales. Así lo dictaminó la Corte Suprema de Justicia de Lima mediante una resolución. De esa manera, la empresa de comunicación deberá abonar 1 millón y medio de soles a la demandante, Milagros Llamosas Salas, viuda del reconocido locutor de la Selección Peruana.

“Declarando FUNDADA EN PARTE la demanda interpuesta por Milagros Llamosas Salas quien representa a sus dos menores hijos Fátima Peredo Llamosas y Daniela Peredo Llamosas, quienes a su vez representan a la sucesión intestada del causante Sr. Daniel Kirino Peredo Menchola en los seguidos con Media Networks Latin América S.A.C”, se lee en la resolución.

Familia de Daniel Peredo deberá recibir más de un millón de soles por parte de Media Networks. Foto: DIFUSIÓN.
Familia de Daniel Peredo deberá recibir más de un millón de soles por parte de Media Networks. Foto: DIFUSIÓN.

En el documento se añade: “Se ORDENA el pago de: gratificaciones, vacaciones, CTS, bonificación extraordinaria, utilidades, el pago de indemnización por daños y perjuicios en la modalidad de lucro cesante, debido a la omisión de pago y contratación del Seguro de Vida Ley en la suma de UN MILLON QUINIENTOS TREINTA Y SEIS MIL VEINTE CON 76/100 SOLES (s/.1,536,020.76)”.

Es importante mencionar que, en marzo de este año, Milagros Llamosas inició las correspondientes acciones legales. “No hubo ningún reconocimiento de derechos laborales de mi esposo con Media Networks. Él estuvo más de 15 años trabajando ininterrumpidamente. Lamentablemente en estos tres años no hubo ninguna respuesta de su empleador, que para mí es Media Networks”, señaló en dicha oportunidad.

La postura de Media Networks

A través de un comunicado, Media Networks lamentó llegar a estas instancia, sin embargo, se mantiene firme en su respuesta y recalcó que la relación que la empresa tuvo con Daniel Peredo fue de prestación de servicios. “No tenía subordinación, no cumplía una jornada laboral ni tenía dedicación ni relación de exclusividad con la empresa”, se lee.

“Como se recuerda, Daniel Peredo fue conductor y narrador en distintos programas y transmisiones de carácter deportivo en Media Networks. Además, durante su reconocida trayectoria también ejerció el periodismo en otros medios de comunicación, muchas veces de manera simultánea a su participación en nuestros programas y transmisiones”, se añade.

Media Networks se pronunció sobre la resolución del Poder Judicial.
Media Networks se pronunció sobre la resolución del Poder Judicial.


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