A pesar del fallo del TAS: FPF prohíbe a equipos negociar sus propios contratos de TV

La FPF descartó posibilidad de que los equipos de la Primera División del fútbol peruano puedan cerrar nuevos vínculos de televisación. Para ello, deberán informarle a la entidad sobre las negociaciones.
La FPF se pronunció tras el fallo del TAS. (Foto: GEC)

El pasado 14 de septiembre, el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) le dio la razón a , y San Martín en una medida presentada ante sus oficinas, la misma que dejó sin efecto la Asamblea Extraordinaria de la Federación Peruana de Fútbol () que se realizó el 14 de octubre de 2019.

Uno de los principales acuerdos que se habían tomado en dicha reunión, era el de la potestad exclusiva de negociar y ceder los derechos de TV de todas las competiciones que organizaba, a menos que algún club no decida ser parte de ello y los mantenga al tanto del proceso de negociación con alguna casa televisiva privada.

Tras el fallo del TAS, quedaba prácticamente confirmado que Alianza Lima, Universitario, Sporting Cristal y todos los demás equipos de la Liga 1 iban a poder negociar sus propios contratos de televisión, cosa que la FPF descartó completamente, mediante un pronunciamiento oficial.

Y es que, según lo indicado por la FPF, no existe medio legal para desconocer el cumplimiento obligatorio de sistema futbolístico mundial, el mismo que se rige a una jerarquía previamente establecida por todos los miembros y asociaciones, al momento de suscribirse.

“El solo mérito por el cual su club decidió voluntariamente adherirse como miembro de la FPF, generó la obligación legal de observar las normas antes indicadas (Art. 66 estatutos FIFA y Art. 66 estatutos CONMEBOL) y, por lo tanto, reconocer y respetar el derecho de propiedad de la FPF sobre los derechos de difusión audiovisual, de comercialización, entre otros”, indicó el comunicado del ente nacional.

El documento enviado por la FPF tras el fallos del TAS.

“En ese orden, les solicitamos tomar nota de lo expuesto en el presente oficio y abstenerse de negociar o suscribir documentos que pudiesen afectar el derecho de propiedad de la FPF sin contar con su autorización expresa de la FPF, por lo cual, en el expreso negado que se hubiese suscrito algún documento sin la referida autorización expresa”, agregó el documento.

El documento enviado por la FPF tras el fallos del TAS.


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