El 15 de septiembre México celebra su 213 aniversario de la Independencia, una de las fechas más importantes en el calendario del país. Conoce si la habrá puente festivo en los colegios y centro de labores.
El 15 y 16 de septiembre son considerados de descanso en las escuelas y en el trabajo. Para celebrar este acontecimiento histórico, se lleva a cabo una ceremonia liderada por el presidente de la República, en donde se tocan las campanas de Palacio Nacional, haciendo alusión al llamado de Hidalgo, al mismo tiempo que se ondea la bandera de México y se brindan respetos a los héroes de la patria.
También se realizan reuniones y en las escuelas de nivel básico en México, se incluye esta conmemoración como parte de los actos cívicos.
¿HABRÁ PUENTE FESTIVO POR EL GRITO DE LA INDEPENDENCIA DE MÉXICO?
La respuesta es no. A pesar de que el 15 de septiembre es un día significativo, el día feriado oficial es el 16 de septiembre, fecha en la que se conmemora el histórico Grito de Independencia de México liderado por el cura Miguel Hidalgo y Costilla en año de 1810. Debido a que el día cae sábado, no se formará el puente festivo. A continuación, conoce el calendario de la fecha para las escuelas y los centros de trabajo.
Escuelas
El calendario de la Secretaría de Educación Pública (SEP) no marca como feriado el viernes 15 ni el 16 de septiembre, así como sus fechas cercanas. Por lo que los estudiantes deberán asistir a clases como un día normal, aunque es probable que haya actividades.
Del viernes 15 y el lunes 18 de septiembre están marcados con negritas, por lo que son considerados de “reflexión de días conmemorativos”. Sin embargo, es posible que algunas escuelas, de manera independiente, decidan suspender las clases el día 15 o que los alumnos salgan más temprano.
Trabajo
La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) señala que el 16 de septiembre es un día de asueto, por lo que es de descanso obligatorio.
En caso de que a los empleados les soliciten trabajar ese día, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo en el artículo 75, deberá pagarles el triple por laborar en día festivo, es decir, tu salario de un día más el doble.
La posibilidad de descansar desde el día 15, dependerá de la política de cada empresa y su flexibilidad en cuanto a horarios.
¿QUÉ PASA SI NO ME PAGAN EL FERIADO TRABAJADO?
Si tu empleador no cumple con el pago del feriado laborado, tienes derecho a presentar una queja en la Secretaría del Trabajo, que tiene la facultad de sancionar a la empresa.
Puedes comunicarte a través de estos canales:
- Números telefónicos 800 911 78 77 y 800 717 29 42
- Correo electrónico: orientacionprofedet@stps.gob.mx.