Mira tus días de descanso para septiembre. Las clases escolares iniciaron el pasado lunes 29 de agosto y miles de personas se vienen preguntando cuáles son los días festivos que le restan al año en México. Por ello, hemos elaborado esta nota donde te daremos a conocer las fechas de descanso y puentes que tendrá el mes de septiembre, así como los feriados para que los puedas aprovechar para salir de vacaciones con tu familia.
Cabe resaltar que, según la Ley Federal del Trabajo Mexicana, no todos los festivos son obligatorios. Ante ello, en este artículo explicaremos la diferencia entre los festivos obligatorios y los que por el contrario son opcionales. Toma nota.
Si bien al 2022 le restan 4 meses para terminar, solo son 3 días de descanso obligatorio los que tendrá México para lo que resta del año. A continuación, te daremos a conocer cada uno de ellos y su motivo:
Lo que se celebra el 15 de septiembre es el aniversario del legendario Grito de Dolores, el episodio clave que dio inicio al movimiento de Independencia de México. Durante este acontecimiento, el cura Miguel Hidalgo y Costilla hizo un llamado a la población para levantarse en armas contra el Virreinato de la Nueva España.
Los días 15 y 16 de septiembre son una fiesta nacional que se celebra alrededor de todo México y el mundo, pues las comunidades de mexicanos en otros países se unen a la celebración, a pesar de la distancia.
Según la Ley Federal del Trabajo, si un empleado trabaja en un día feriado se le deberá pagar triple, ya que la legislación señala lo siguiente: “Los trabajadores no están obligados a prestar servicios en sus días de descanso. Si se quebranta esta disposición, el patrón pagará al trabajador, independientemente del salario que le corresponda por el descanso, un salario doble por el servicio prestado”.
Adicionalmente, si de acuerdo al calendario, el día de descanso llegara a coincidir con el día de descanso semanal; es decir el día domingo, el empleador deberá cubrir al trabajo el pago de la prima dominical, la misma que está estipulada en el artículo 71 de la Ley Federal del Trabajo Derivado de lo anterior. Es decir, el trabajador deberá recibir el triple del salario por ese día, más la prima dominical.
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