El gobierno del presidente Martín Vizcarra decidió ampliar el estado de emergencia nacional a partir del miércoles 1 de julio hasta el viernes 31 de julio, debido a las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia de la crisis sanitaria del COVID-19. (Foto: José Caja/ GEC)
El gobierno del presidente Martín Vizcarra decidió ampliar el estado de emergencia nacional a partir del miércoles 1 de julio hasta el viernes 31 de julio, debido a las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia de la crisis sanitaria del COVID-19. (Foto: José Caja/ GEC)

El Ejecutivo dispuso este viernes que la inmovilización social obligatoria, conocido como toque de queda, será desde las 10:00 p.m. hasta las 4:00 a.m. de lunes a domingo. Con esto, la medida ya no regirá durante todo el domingo, a excepción de siete regiones del país (Arequipa, Ica, Junín, Huánuco, San Martín, Madre de Dios y Áncash).

Los departamentos de Arequipa, Ica, Junín, Huánuco, San Martín, Madre de Dios y Áncash, en los que la inmovilización social obligatoria de las personas en sus domicilios rige desde las 20:00 horas hasta las 04.00 horas del día siguiente y el día domingo, la inmovilización social obligatoria es todo el día”, se estableció en el Decreto Supremo N° 116-2020-PCM emitido por el Ejecutivo este viernes.

El gobierno del presidente Martín Vizcarra decidió ampliar el estado de emergencia nacional a partir del miércoles 1 de julio hasta el viernes 31 de julio, debido a las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia de la crisis sanitaria del COVID-19.

Según el mencionado decreto, el Ejecutivo decidió establecer una cuarentena focalizada en Arequipa, Ica, Junín, Huánuco, San Martín, Madre de Dios y Áncash. En dichas regiones, los ciudadanos podrán desplazarse únicamente para la prestación y acceso a servicios y bienes esenciales, así como para la prestación de servicios de las actividades económicas que están autorizadas.

Asimismo, la norma dispuso que los niños, niñas y adolescentes menores de 14 años, así como las personas en grupos de riesgo como los adultos mayores de 65 años y los que presenten comorbilidades conforme lo determina la Autoridad Sanitaria Nacional, deberán continuar en aislamiento social obligatorio, es decir permanecer en cuarentena.

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