El Ministerio de Salud y el Ministerio de Transportes han establecido un protocolo que debe ser cumplido por empresas de transporte, choferes, operadores de terminales y pasajeros. (Foto: Andina)
El Ministerio de Salud y el Ministerio de Transportes han establecido un protocolo que debe ser cumplido por empresas de transporte, choferes, operadores de terminales y pasajeros. (Foto: Andina)

Como parte de las medidas que se han adoptado para prevenir el contagio del , durante el estado de emergencia sanitaria nacional también se debe cumplir con un protocolo sanitario para circular por el país haciendo uso del transporte terrestre.

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De esta manera, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) y el Ministerio de Salud (Minsa) han dictaminado ciertas exigencias y recomendaciones que, de acuerdo con la evolución de los números de la pandemia, están vigentes ateniendo el nivel de alerta de la región a la que decida viajar.

Por ahora, estas restricciones están vigentes hasta el 1 de agosto próximo y se deben respetar para garantizar la seguridad sanitaria de los pasajeros y sus familias.

PROTOCOLO VIGENTE

Así, en claro cumplimiento del protocolo que está vigente durante el estado de emergencia nacional para evitar el contagio del COVID-19, resultará imprescindible el uso de mascarillas y protector facial para reducir el riesgo de contagio, además de mantener la distancia física de por lo menos un metro con las demás personas.

Esto deberá ser de estricto cumplimiento tanto en los terminales terrestre como dentro de los buses interprovinciales.

RESTRICCIONES POR NIVELES

Pero, dependiendo del nivel de alerta del destino al que se dirija, las restricciones irán en incremento, aunque en todos los casos estarán vigentes –por ahora– hasta el domingo 1 de agosto.

En las regiones de nivel de alerta “muy alto”, como Arequipa, Moquegua y Tacna, para los viajes de más de cinco horas que partan desde estas regiones y sus provincias, el aforo es de 50%.

Pero, en caso el viaje tenga una duración de hasta cinco horas, el aforo es de 100%. En ambos casos no se requerirá que el pasajero se realice una prueba molecular o antígena de descarte.

En el caso de las nivel de alerta “alto”, como Amazonas, Áncash, Apurímac, Ayacucho, Callao, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Ica, Junín, La Libertad, Lima, Pasco, Puno, San Martín y Tumbes, la entrada y salida de buses está permitida sin restricciones.

Mientras que en las regiones de nivel de alerta “moderado”, como Huánuco, Lambayeque, Loreto, Madre de Dios, Piura y Ucayali, también se permite la entrada y salida de buses sin restricciones.

TRANSPORTE INTERPROVINCIAL

Pero, además de las restricciones que se han impuesto según el nivel de alerta del destino, también existen otras medidas que dependerán de la conexión que vayas a realizar.

En caso, el servicio de transporte que utilice sea interprovincial, al uso obligatorio de la mascarilla y escudo facial durante todo el servicio de transporte, deberán sumarse otras medidas adicionales.

En ese sentido, tanto el chofer como el cobrador deberán llevar mascarilla, pero el cobrador deberá usar, adicionalmente, escudo facial. Y, solo se podrá llevar personas sentadas, de acuerdo con la capacidad del vehículo, pero en los vehículos M2 (minibus o microbus) no se podrá transportar usuarios en el asiento del copiloto.

Aunado a ello, el vehículo deberá contar con medidas de separación entre el chofer y los pasajeros, como paneles de protección de acrílico o policarbonato.

TRANSPORTE NACIONAL Y REGIONAL

En caso su viaje por vía terrestre sea a nivel regional, además de regir las mismas restricciones para los pasajeros (mascarilla y protector facial), debes evitar el consumo de alimentos pero en caso necesites hacerlo, la desinfección de las manos con alcohol en gel será indispensable.

En el caso del chofer, deberá utilizar una mascarilla quirúrgica, pero si contara con una mascarilla comunitaria (de tela), también deberá usar un escudo facial. En el caso de la tripulación, todos deberán utilizar mascarilla y escudo facial.

En estos casos, la entrega de la será indispensable. Para los menores de 14 años, que viajarán únicamente con, por lo menos, uno de sus padres o su tutor debidamente acreditado, la entrega de este documento también será obligatoria, al igual que para los mayores de 65 años.

TRANSPORTE INTERNACIONAL

Durante el período de emergencia nacional, las fronteras terrestres permanecerán cerradas temporalmente, por lo que el transporte internacional de pasajeros por vía terrestre está suspendido.

SANCIONES

Tal como señala la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran), en caso se incumplan algunas de las medidas para prevenir la propagación del COVID-19 en el transporte terrestre, las empresas de transporte, conductores y operadores de terminales terrestres serán sancionados con multas que van desde S/215 hasta S/2.200.

Según el ente fiscalizador, la multa para las empresas de transporte puede llegar a S/2.200 si el transporte de usuarios exceda el número de asientos, si se traslada pasajeros a pie, por no señalizar los asientos que no deben utilizarse y por no implementar cortinas de polietileno entre los asientos.

Para los conductores la sanción será de S/430 en caso realice el servicio de transportes de pasajeros sin mascarilla, si traslada usuarios sin aislamiento entre los asientos o en caso lleve exceso de pasajeros.

Mientras que por el lado de los terminales terrestres, si no respetan las medidas de limpieza y/o desinfección, así como el aforo permitido, los operadores serán multados con S/2.200 y se dictaminará la suspensión del servicio, como medida preventiva.

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