Diciembre, el último mes del año -y para algunos el más esperado- llegó y con él la emoción de las fiestas navideñas. Si bien es cierto, muchos trabajadores van a tener que trabajar en los días feriados de este mes, otro grupo va a poder disfrutar de estas fechas y descansar, pasarlo en familia o quizás salir de paseo. En esta nota que hemos preparado en Depor te contamos qué feriados hay en el último mes del año, cuándo serán y a quiénes beneficiarán.
El primer feriado largo del mes de diciembre se llevará a cabo desde el jueves 7 de diciembre, declarado no laborable y que servirá como puente festivo para celebrar el Día de la Inmaculada Concepción (8 de diciembre) y para conmemorar la Batalla de Ayacucho (9 de diciembre). Siendo el domingo 10 de diciembre un día habitual de descanso, los empleados tendrán 4 días libres para descansar.
El segundo feriado largo en Perú de diciembre va del sábado 23 y domingo 24, que son días habituales de descanso, el feriado que es el 25 de diciembre, que este año cae lunes y el martes 26 de diciembre, ha sido declarado no laborable. De esta forma, los trabajadores tendrán para descansar 4 días libres.
Al igual que en otras ocasiones estas fechas beneficiarán solo a las personas que trabajan en el sector público; sin embargo, ellos deberán compensar las horas en los días posteriores y en el caso de aquellos que laboran en una empresa privada deben coordinar con su empleador.
Aún quedan tres feriados por celebrarse en Perú hasta fines de este año. A continuación te contamos cuáles son:
Como se sabe, los días no laborables son fechas que establece el Gobierno a través de un Decreto Supremo y beneficia principalmente a los empleados estatales, quienes deben compensar y devolver las horas que no trabajaron. Los que quedan para este 2023 son:
Los feriados son fechas de descanso obligatorio que son remunerados y que pueden ser compensados con otro día de descanso o con el pago triple por la jornada trabajada ese día. En tanto, los días no laborables son fechas establecidas por el Gobierno mediante Decreto Supremo, que deben compensarse y por tanto el empleado debe devolver las horas que no laboró.
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) del Ministerio de Trabajo explica que, si laboras de forma presencial o remota un día feriado, deberás percibir dos remuneraciones diarias adicionales a tu remuneración total del mes.
Sunafil explicó que en el caso de que tu remuneración mensual sea de S/ 1,025, tu remuneración diaria es de S/ 34.17. Ello se deduce al hacer una división de tu sueldo entre 30 días (1025/30). Al saber cuánto percibes por día, puedes calcular que tu pago sería de la siguiente manera:
En total sería S/68.34 por cada feriado laborado adicional a tu remuneración mensual. Entonces, si en el mes hay dos feriados, el cálculo sería S/68.34 x 2 = S/ 136.68. A fin de mes, recibirás en total S/1161.68. Sunafil precisó que, en caso de que tu empleador te otorgue días de descanso en sustitución a cada feriado laborado, ya no percibirás la suma adicional.
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