El pasado 11 de noviembre, el Gobierno promulgó la Ley 31928, que modifica la Ley 29625, y autoriza la devolución de los fondos del Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) a todos los empleados que realizaron aportes. Este 14 de diciembre inicia la devolución de aportes a los contribuyentes; Sin embargo, no todos van a cobrar, pues se ha establecido un orden para que la situación de los aportantes sea equitativa. Los fonavistas están a la expectativa del pago y en esta nota de Depor te contamos todos los detalles al respecto.
Link para cobrar el Fonavi 2023
La secretaria general del Fonavi ha señalado que todo trámite es gratuito. Asimismo, han puesto a disposición un enlace para poder consultar la lista de los que se encuentran registrados en el padrón y podrán acceder al pago este 14 de diciembre. Solo necesitas tu DNI para revisar si estás inscrito.
- Ingresa a Link Fonavi 2023: https://www.fonavi-st.gob.pe/sifonavic1/
- Coloca tu número de DNI y el código de verificación que se te solicita.
- Dale click a consultar y te saldrá el resultado.
Si has hecho la consulta en la web y no te encuentras en la lista del Fonavi pero sí has aportado al fondo, entonces puede que te falte registrarte correctamente y llenar el Formulario N° 1. Recuerda también que los trámites son GRATUITOS.
¿Cómo llenar el Formulario N° 1?
- Verificar la correcta conexión de tu señaa de Internet para que no se vea interrumpido el llenado del documento.
- Ingresa a la plataforma oficial de Fonavi.
- Abre el formulario mediante la página o haciendo clic en este LINK para descargarlo.
- Ingresa toda la información personal que se pide en el documento.
- Cuando termine el cuadro principal, debe ir directamente al cuadro inferior para suministrar el historial laboral, por lo que debe ser cuidadoso con las fechas.
- Aquí debe colocar el tipo de registro, número particular, el nombre de la empresa y la fecha de inicio y finalización.
- Por último, al completar esta parte, agregar datos adicionales solicitados por la estructura, el estado de retiro, la fecha de ONP, la fecha de conexión de SNP y AFP.
¿Quiénes serán los primeros en cobrar la devolución del Fonavi?
El ministro de Economía y Finanzas (MEF), Alex Contreras, explicó hace unos días en entrevista con Radio Nacional que los primeros beneficiarios que encabezarán la lista de devolución de aportes serán aquellos que no han cobrado ni un sol de adelanto.
“Hemos coordinado con la Comisión (Ad Hoc) y los fonavistas deberían empezar a cobrar el 14 de diciembre. Se van a priorizar a aquellos grupos de fonavistas que no han cobrado nada. Aquellos que han cobrado alguito probablemente estén cobrando su adicional en febrero y marzo”, explicó el titular del MEF.
Por su parte, Jorge Milla, integrante de la comisión en favor de los fonavistas, señaló que existen los recursos y el marco legal para devolver las aportaciones sin exclusiones. “Tenemos un padrón verificado y corroborado. Ahí le pedimos a la parte técnica en hacer los esfuerzos (...) De momento ya está aprobado que las personas que no han cobrado ningún adelanto van a hacerlo”, indicó.
¿En qué orden se realizará la devolución de los aportes al Fonavi?
La ley 31928 señala que la Comisión Ad Hoc debe atender de forma prioritaria a las personas mayores de 60 años, a las registradas en el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis) y a las que tienen alguna enfermedad grave o terminal (condición que se deberán validar mediante un certificado expedido por el Minsa, Essalud o el Colegio Médico del Perú), sean los titulares o deudos.
¿En qué banco se realizará el pago de la devolución del Fonavi?
La devolución de aportes del Fonavi se llevará a cabo en las agencias del Banco de la Nación (BN) a nivel nacional desde el próximo 14 de diciembre. Asimismo, la entidad comunicó que se encuentra trabajando en conjunto con la Secretaría Técnica del Fonavi con el objetivo de tomar las acciones necesarias para concretar las devoluciones.
¿A quiénes se les devuelve los aportes de un familiar fallecido?
En la norma que aprobó la devolución de los aportes del Fonavi sí se reconoce el derecho para herederos de trabajadores fallecidos que hayan contribuido a este fondo. “La devolución de aportes al Fonavi será al fonavista titular o a su representante debidamente autorizado y, en caso de fallecimiento, será a sus deudos”, indica la nueva orden de prelación excluyente, el cual se dará de la siguiente manera:
- Primero, el cónyuge sobreviviente o integrante de la unión de hecho.
- Hijos menores e hijos con discapacidad total permanente acreditada por el Conadis.
- Hijos mayores de edad.
- Padres.
- Hermanos.
- A falta de cualquiera de las personas indicadas anteriormente, la devolución corresponderá a quienes acrediten ser deudos del fonavista fallecido mediante sucesión intestada o testamentaria.
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