Los trabajadores asalariados están a la espera de recibir la Compensación por Tiempo de Servicios, un beneficio proporcionado por sus empleadores de forma semestral, específicamente en mayo y noviembre. Los fondos depositados este año, junto con los acumulados previamente en las cuentas de los beneficiarios, pueden retirarse en su totalidad hasta el 31 de diciembre. A pesar de esto, algunos trabajadores desconocen la fecha exacta de su pago, por lo que en esta nota de Depor brindamos detalles al respecto. ¿Ya te depositaron?
La Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) es un beneficio laboral proporcionado por la empresa a cada empleado en su nómina. Su propósito es resguardar al trabajador al concluir su relación laboral. Es importante tener en cuenta que estos depósitos se realizan dos veces al año, con el primer pago en mayo y el segundo en noviembre. Es relevante señalar que el monto asignado puede variar según el régimen laboral de la empresa en la que el empleado trabaje.
¿Quiénes cobran la CTS?
- Los empleados del régimen privado que trabajan, como mínimo, una jornada de cuatro horas diarias.
- Trabajadores de pequeñas empresas que reciban 15 remuneraciones diarias por año completo de servicios. El máximo de remuneraciones diarias es de 90.
- En el caso de los trabajadores agrarios, la CTS se encuentra incluida dentro de la remuneración diaria a razón del 9.72% del sueldo básico. No obstante, el colaborador puede solicitar el abono de forma diferenciada y semestral, como en el régimen laboral común.
- Los trabajadores del hogar han sido incluidos recientemente. A ellos se les deberá abonar la CTS en las mismas condiciones que el régimen laboral común.
¿Cuándo es el último día para pagar la CTS?
Las empresas efectúan el depósito de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) en dos ocasiones anuales: la primera tiene lugar en mayo (ya ha sido completada), y la próxima está programada para noviembre, con el 15 de dicho mes como fecha límite. Es crucial tener en cuenta que el monto asignado puede fluctuar, ya que está vinculado a tu antigüedad en la empresa y al salario que percibes.
Calcula cuánto recibirás en tu CTS
De acuerdo con lo que explicó el associate partner del Área Laboral de EY Perú, Mauricio Matos, a la agencia Andina, el cálculo de la CTS se realiza de la siguiente manera:
- Si el trabajador percibe una remuneración principal imprecisa o variable, la CTS será el resultado del promedio del sueldo percibido por el trabajador en los seis meses que comprende cada periodo. Esto quiere decir que se promedia el salario de noviembre a abril (para la CTS de mayo) o de mayo a octubre (para la CTS de noviembre).
- Si el trabajador percibe una remuneración fija, pero tiene una remuneración complementaria imprecisa o variable (por ejemplo, percibe horas extras) estos montos serán incluidos en el cálculo siempre y cuando hayan sido percibidos 3 o más veces en el periodo de noviembre del año anterior a abril (para la CTS de mayo) o en el periodo de mayo a octubre (para la CTS de noviembre), en cuyo caso los conceptos se suman y se dividen por 6.
- Para calcular el monto, toma en cuenta tu sueldo mensual, luego súmale 1/6 de la gratificación (divide tu gratificación entre seis). Ese monto, divídelo entre 360 y luego multiplícalo por los días laborados (para todo el semestre, serían 180).
¿La modalidad de trabajo (presencial o remota) influye en la CTS?
No porque el pago debe ser igual para quienes laboren de forma presencial, semipresencial o incluso remota. Es importante tener en cuenta que este beneficio laboral corresponde a todo trabajador del régimen laboral privado que cuente con un contrato indefinido y a plazo fijo.
¿Cuál es el monto que puedes retirar de tu CTS?
Actualmente, no existe una cantidad específica que los trabajadores pueden retirar. En realidad, el monto depende del saldo que tienes en la cuenta y el dinero que necesitas disponer. Recuerda que mientras se mantenga vigente la ley y tengas un saldo en tu cuenta puedes retirar la cantidad que desees y también las veces que quieras.
¿Hasta cuándo puedes disponer de tu CTS?
El último día para retirar la CTS es el 31 de diciembre del 2023. Recuerda que si renunciaste o fuiste despedido no necesitas ampararte a la norma para hacer ese trámite. Asimismo, después de esa fecha, los trabajadores van a poder sacar su CTS si tienen acumulado el exceso de cuatro sueldos.
¿Qué necesitas para retirar tu CTS?
Este trámite puedes hacerlo de forma presencial u online (a través de la app del banco). Para elegir el adecuado debes tener en cuenta el monto que deseas y también el banco donde se encuentra tu dinero.
- Presencial: Acercarte al banco donde tienes tu cuenta CTS y utilizar sus cajeros o ir a ventanilla si el monto es mayor a 2 500 soles. Recuerda que para hacer el trámite con un asesor debes llevar tu DNI y la tarjeta de la cuenta.
- Desde una web o app: Descarga la app del banco en el cual está tu dinero y busca la alternativa transferencia entre cuentas. Debes saber que si el dinero será enviado a otro banco, probablemente te van a cobrar una comisión que será descontado de tu compensación por tiempo de servicios. Para realizar el trámite por web, solamente necesitas ingresar a la página de la entidad bancaria.
¿Podrás retirar tu CTS en el 2024?
Sí y no tendrás que renunciar para hacerlo. Solamente necesitas haber acumulado cuatro sueldos (dependiendo tu salario) para poder solicitar el excedente. Para solicitar el dinero solamente debes acercarte al banco donde se encuentra tu dinero y solicitarlo.