El Gobierno aprobó- el martes 4 de mayo- las disposiciones reglamentarias para la aplicación de la Ley que autoriza el retiro del 100% de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS). Esta medida busca que los trabajadores puedan cubrir sus necesidades económicas causadas por la pandemia del COVID-19.
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La Ley Nº 3117 autoriza a los trabajadores, por única vez y hasta el 31 de diciembre de 2021, disponer libremente del 100% de los depósitos por CTS que tengan acumulados en las entidades financieras.
Desde el jueves 6 de mayo, las entidades del sistema financiero abrieron las cuentas de CTS para que sus clientes accedan a sus fondos, aunque aún quedan algunas preguntas en el aire. En ese sentido, te contamos cómo solicitar el retiro del 100% de tu cuenta y quiénes pueden acceder a este beneficio.
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RETIRO CTS: CÓMO SOLICITAR EL RETIRO DEL 100% DE MI CUENTA Y QUIÉNES PUEDEN ACCEDER
Cabe mencionar que la CTS es un beneficio laboral que otorga el empleador al trabajador que se encuentra en planilla y es depositada dos veces al año: en mayo y noviembre. El monto de esta varía según el régimen laboral de la compañía, que puede ser micro, pequeña, mediana y gran empresa.
Luego que la norma entró en vigencia, algunas entidades bancarias dieron a conocer a través de sus canales de información que el proceso de retiro o envío de solicitud iniciará este jueves 6 de mayo. Por tanto, ya puedes acceder a la totalidad de la Compensación por Tiempo de Servicios.
¿CÓMO RETIRO EL 100% DE MI CTS?
- Los trabajadores deberán enviar una solicitud a la entidad financiera donde tengan depositada la CTS (ya sea verbal, por teléfono o por correo). Este procedimiento se podrá hacer de forma remota o virtual.
- El trabajador podrá especificar si se desea hacer un retiro parcial o total del dinero en la CTS, así como la cuenta en la que se deseará recibir los recursos (ya sea que esté en un banco, caja, financiera o cooperativa de ahorro y crédito).
- Una vez recibida la solicitud, la entidad financiera contará con un plazo máximo de 2 días hábiles para efectuar la transferencia de dinero a la cuenta especificada.
Según la Cámara de Comercio de Lima (CCL), se podrá hacer el retiro total incluyendo los intereses generados a la fecha de la solicitud del retiro, el mismo que podrá realizarse en forma presencial en las oficinas de la entidad depositaria.
¿QUIÉNES PUEDEN RETIRAR HASTA EL 100% DE LA CTS?
- Los trabajadores del sector privado pueden retirar el 100% de la CTS, cualquiera sea su régimen laboral. Es decir, los trabajadores de planilla de las micro, pequeñas, medianas y de la gran empresa.
- También los trabajadores de empresas del Estado sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728.
- Asimismo a servidores civiles de entidades del sector público sujetos al régimen del Decreto Legislativo Nº 728.
¿HASTA CUÁNDO PUEDO RETIRAR LA CTS?
La norma aprobada por el Congreso de la República y promulgada por el Poder Ejecutivo señala que el plazo máximo para solicitar el retiro de la CTS es hasta el 31 de diciembre de 2021.