Todo sobre las Elecciones de Ecuador de este domingo 7 de febrero

Las elecciones de este domingo 7 de febrero se desarrollarán desde las 7:00 de la mañana hasta las 5:00 de la tarde.
El voto en Ecuador es obligatorio para los ciudadanos entre 18 y 65 años. (Foto: Luis Marino / AFP)

A pocos días de las , que se llevarán a cabo este domingo 7 de febrero, fecha en la que se elegirá al próximo presidente, asambleístas y representantes del Parlamento Andino, te damos a conocer todo lo que debes saber sobre estos comicios.

MÁS INFORMACIÓN: Cómo funciona el escrutinio y cómo será la publicación de los resultados de las Elecciones en Ecuador

Cabe precisar que para el día del sufragio, el Consejo Nacional Electoral (CNE) implementará el Sistema Electoral de Transmisión y Publicación de Actas y Resultados (Setpar), que permitirá el procesamiento y la publicación en tiempo real y en línea de las actas electorales provisionales.

¿DÓNDE ME TOCA VOTAR?

Para saber dónde te tocará votar debes seguir los siguientes pasos:

De inmediato aparecerá toda la información que necesita: si está habilitado o no para sufragar en las Elecciones 2021. En el caso se encuentre facultado, el sistema le muestra los datos de la provincia, cantón, parroquia, zona, junta, recinto electoral y la dirección.

Mujeres hacen cola en un colegio electoral en Guayaquil, Ecuador, el 19 de febrero de 2017 durante las elecciones generales. (Foto: Marcos Pin Méndez / AFP)

AVERIGUA SI ERES MIEMBRO DE LA JRV

En el mismo link que se abrirá para consultar tu local de votación, podrás ver si fuiste elegido miembro de las Juntas Receptoras del Voto (JRV).

Si fuiste seleccionado deberás capacitarte de forma virtual o presencial. Esto es muy importante porque quienes resulten elegidos miembros deberá supervisar el proceso de elecciones y realizar el escrutinio.

¿QUÉ HACER SI FUI ELEGIDO MIEMBRO DE LA JRV?

El día de las elecciones deberás presentarte antes de las 07:00 de la mañana, hora establecida por ley como inicio de las votaciones. Una vez ahí tendrás que armar las urnas, revisar el material e instalarte para recibir a los votantes.

Cada Junta Receptora del Voto estará conformada por cinco vocales principales, cada uno con sus respectivos suplentes. Todos – tanto titulares como suplentes – deberán ingresar en la mañana del día de las elecciones.

Los miembros de las JRV se encargarán de la primera parte del escrutinio, que comienza a las 17:00 horas; además, por esta labor se les asignó un pago de USD 10.

Los miembros de las JRV cumplen una función muy importante el día de los comicios. (Foto: Rodrigo Buendía / AFP)

MULTAS

Miembros de la JRV que no cumplan su función

a) Abandono de una JRV

El artículo 278 del Código de la Democracia dispone las siguientes sanciones en caso se abandone una Junta Receptora del Voto: “Las infracciones electorales graves serán sancionadas con multas desde once salarios básicos unificados hasta veinte salarios básicos unificados, destitución y/o suspensión de derechos de participación desde seis meses hasta dos años”. Es decir, el infractor podría pagar una multa que va desde los USD 4.400 hasta los USD 8.000.

b) No asiste a las capacitaciones

Si la persona es miembro de una JRV y no asiste a las capacitaciones tendrá que pagar una multa de USD 40.

c) No acude el día de las elecciones

Si esa misma persona no acude el día de las elecciones a su mesa tendrá que pagar USD 60 adicionales.

d) No votar

Si tampoco vota, deberá pagar otros USD 40.

Ciudadanos

a) Rechaza integrar JRV

Para cada JRV se han designado cinco miembros titulares y otros cinco suplentes; es decir, si algún titular no está presente, deberá reemplazarlo su suplente. Pero ¿qué pasa si faltan miembros para aperturar la mesa? Tomando en cuenta que una junta deberá funcionar como mínimo con tres integrantes, en el caso de que se presente esta situación, la ley es clara.

El artículo 47 del Código de la Democracia señala que si ha pasado media hora desde la hora de instalación; es decir, son las 07:30 a.m., se podrá escoger alguno de los votantes para integrar la JRV.

Los ciudadanos que decidan no integrar las JRV por falta de uno de sus miembros tendrán una sanción del 15% del SBU; es decir, USD 60.

b) No ir a votar

Los ciudadanos que no vayan a las urnas deberán presentar una justificación o caso contrario serán multados con USD 40, equivalente al 10% del Salario Básico Unificado de USD 400.

Los ecuatorianos podrán votar hasta las 17:00 horas, luego deberán esperar los resultados de la jornada electoral. (Foto: Juan Cevallos / AFP)

TENGO COVID-19, ¿TENGO QUE IR A VOTAR? ¿CÓMO JUSTIFICAR MI INASISTENCIA?

El Consejo Nacional Electoral ha informado que “las personas que posean algún tipo de enfermedad respiratoria y hayan tenido contacto directo con un caso COVID-19 en los últimos 14 días, deberán acudir al establecimiento de salud más cercano y evitar presentarse en los recintos electorales, en caso de presentar sintomatología”.

Para ello, el CNE ha establecido un procedimiento para que puedan justificar su inasistencia y así no pagar la multa de USD 40 por no acudir a sufragar.

Esta persona deberá acudir a un centro o subcentro del Ministerio de Salud Pública o del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), e incluso a un médico privado, para que le dé un certificado, el cual debe tener el aval del Estado con el fin de presentarlo como medio justificatorio.

MEDIDAS DE SEGURIDAD PARA LAS ELECCIONES

Las medidas de seguridad implementadas para el día de las elecciones con el propósito de evitar la propagación de la pandemia son:

Franjas horarias

Debido a que más de 13 millones de ecuatorianos están facultados para votar este 7 de febrero, el Gobierno estableció franjas horarias con el fin de evitar aglomeraciones. Si bien, el horario establecido por el CNE para el sufragio es desde las 07:00 a.m. hasta las 5:00p.m., se recomienda acudir a sus centros de votación entre las siguientes horas, de acuerdo con el último dígito de la cédula:

Cabe recordar que el voto es facultativo para personas mayores de 65 años, jóvenes de 16 y 17 años, personal en servicio activo de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, personas con discapacidad, extranjeros residentes en el país inscritos en el registro electoral y personas analfabetas.

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