Calendario 2024 de Perú: feriados de febrero, cuando terminan las vacaciones y días no laborables sector público. (Foto: Freepik)
Calendario 2024 de Perú: feriados de febrero, cuando terminan las vacaciones y días no laborables sector público. (Foto: Freepik)

Perú cuenta con un amplio listado de fechas importantes a lo largo del año, y son muchos los interesados en conocer cuáles son los regidos por ley, que le permiten a los trabajadores, tanto al sector público como privado, gozar de días con descanso remunerado. En total, el gobierno peruano dio a conocer un total de 16 fechas para descansar en nuestro país.

Asimismo, el Ministerio de Educación (Minedu) ha anunciado la fecha oficial para el inicio del año escolar: El lunes 11 de marzo.

¿En qué mes iniciarán las clases en los colegios del Perú?

De acuerdo con el cronograma del Minedu, el año escolar 2024 inicia el 11 de marzo y tendrás 32 semanas en total, entre lectivas y de gestión.

· Primer bloque de semana de gestión: del 1 al 8 de marzo del 2024

· Primer bloque de semanas lectivas: del 11 de marzo al 10 de mayos del 2024

· Segundo bloque de semanas lectivas: del 13 de mayos al 19 de julio del 2024

· Segundo bloque de semanas de gestión: del 22 de julio a 2 de agosto del 2024

· Tercer bloque de semanas lectivas: del 5 de agosto al 11 de octubre del 2024

· Cuarto bloque de semanas lectivas: del 14 de octubre al 20 de diciembre de 2024

· Tercer bloque de semanas de gestión: del 23 al 27 de diciembre del 2024

¿Cuáles son los días no laborables del 2024 en Perú?

Los días laborables pueden ser considerados como feriados que no están en el calendario. Esto significa que no aplica para todos los trabajadores y usualmente solo es para los trabajadores del sector público, así que en el caso de los colaboradores de una empresa privada deben coordinar con su jefe si van a descansar ese día o no.

La lista de los días no laborables determinados para el 2024 han sido aprobadas mediante el Decreto supremo N°011-2024-PCM.

  • Viernes 26 de julio de 2024
  • Lunes 7 de octubre de 2024
  • Viernes 6 de diciembre de 2024
  • Lunes 23 de diciembre de 2024
  • Martes 24 de diciembre de 2024
  • Lunes 30 de diciembre de 2024
  • Martes 31 de diciembre de 2024.

¿Cuáles son los feriados del 2024?

  • Enero

Lunes 1 de enero: Año Nuevo

  • Febrero

No hay feriados

  • Marzo

Jueves 28 de marzo: Jueves Santo

Viernes 29 de marzo: Viernes Santo

  • Abril

No hay feriados

  • Mayo

Miércoles 1 de mayo: Día del Trabajo

  • Junio

Viernes 7 de junio: Batalla de Arica y Día de la Bandera

Sábado 29 de junio: San Pedro y San Pablo

  • Julio

Martes 23 de julio: Día de la Fuerza Aérea del Perú

Domingo 28 de julio: Día de la Independencia

Lunes 29 de julio: Fiestas Patrias

  • Agosto

Martes 6 de agosto: Batalla de Junín

Viernes 30 de agosto: Santa Rosa de Lima

  • Septiembre

No hay feriados

  • Octubre

Martes 8 de octubre: Combate de Angamos

  • Noviembre

Viernes 1 de noviembre: Día de Todos los Santos

  • Diciembre

Domingo 8 de diciembre: Inmaculada Concepción

Lunes 9 de diciembre: Batalla de Ayacucho

Miércoles 25 de diciembre: Navidad

Si una empresa se niega a pagar a sus trabajadores en feriado, ¿qué sucede?

Si debes trabajar feriado y la empresa no realiza el pago correspondiente cuando debe hacerlo, de acuerdo al contrato, entonces recibirá una multa que puedes ser hasta 241 638 soles.

  • · Microempresa: entre S/1058 y S/3128.
  • · Pequeña empresa: entre S/3542 y S/35,190.
  • · MyPE: entre S/12,098 a S/241,638.

¿Cuánto es el pago en Perú si trabajo en feriado?

“Los trabajadores del sector privado que laboren ese feriado podrán percibir un triple pago por cada uno de esos días, de realizar trabajo presencial o remoto y sin descanso sustitutorio”, indica el gerente del Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL), Álvaro Gálvez a Andina. Esto significa que el pago será por 3 remuneraciones diarias: pago ya incluido en el sueldo, una remuneración diaria por el descanso en día feriado no utilizado y una remuneración a modo de sobretasa (100% sobre la remuneración diaria) dispuesta por ley.

TE PUEDE INTERESAR

SOBRE EL AUTOR

Licenciada en periodismo de la Universidad Jaime Bausate y Meza con especialización en medios digitales y gestión pública. Cuenta con más de 13 años de experiencia en medios públicos y privados.

Contenido Sugerido

Contenido GEC