La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es un beneficio que se entrega dos veces al año a los trabajadores de las empresas privadas que están en planilla para que cuenten con un respaldo económico en caso de renuncia o despido. Actualmente existen doce iniciativas de ley presentadas ante el Congreso de la República que buscan autorizar el retiro del 100% de la CTS. La última de ellas fue presentada por el congresista Gustavo Cordero.
En el 2022 y 2023 si se podía solicitar el retiro total de la CTS, pero para este 2024 se han presentado una serie de propuestas al Congreso de la República, los cuales deberán ser debatidas por la Comisión de Economía del Congreso. En ese contexto, muchos se preguntan qué pasará en el 2024 y cuáles serán las medidas con respecto a este ingreso.
Proyecto de ley para retirar la CTS
El congresista de Acción Popular, Gustavo Cordero, presentó el jueves 04 de abril el Proyecto de Ley N.° 7468/2023-CR que busca autorizar el retiro de la Compensación por Tiempo de Servicios, con lo cual suman doce las iniciativas legales planteadas para el retiro de este beneficio durante el año 2024. Cordero propone el retiro del 100% hasta el 31 de diciembre del 2024, con la finalidad de cubrir sus necesidades ocasionadas por la recesión económica que viene atravesando el país,
De otro lado, la Comisión de Trabajo y Seguridad Social del Congreso elaboró un dictamen que propone ampliar hasta el 31 de diciembre de 2024 los alcances de la Ley 31480, que autorizó el retiro del 100% de la CTS hasta el 31 de diciembre de 2023.
El dictamen en mayoría se elaboró en base a tres proyectos de presentados por los congresistas Flavio Cruz Mamani, Jorge Luis Flores Ancachi y Alejandro Soto Reyes, quienes proponen el retiro de la CTS hasta el 31 de diciembre de 2024.
¿Cuándo depositan la CTS?
A continuación, te presentamos las dos fechas en la cual las empresas están obligadas a realizar el depósito de la CTS y estas son:
- Entre los primeros 15 días de mayo (Máximo hasta el 15 de mayo).
- Entre los primeros 15 días de noviembre (Máximo hasta el 15 de noviembre).
Dependerá mucho de la fecha próxima a la que te encuentres para poder determinar cuándo se realizaría este depósito.
¿Quiénes cobran la CTS?
- Los empleados del régimen privado que trabajan, como mínimo, una jornada de cuatro horas diarias.
- Trabajadores de pequeñas empresas que reciban 15 remuneraciones diarias por año completo de servicios. El máximo de remuneraciones diarias es de 90.
- En el caso de los trabajadores agrarios, la CTS se encuentra incluida dentro de la remuneración diaria a razón del 9.72% del sueldo básico. No obstante, el colaborador puede solicitar el abono de forma diferenciada y semestral, como en el régimen laboral común.
- Los trabajadores del hogar han sido incluidos recientemente. A ellos se les deberá abonar la CTS en las mismas condiciones que el régimen laboral común.
¿Cómo calcular cuánto te corresponde de CTS?
De acuerdo con lo que explicó el associate partner del Área Laboral de EY Perú, Mauricio Matos, a la agencia Andina, el cálculo de la CTS se realiza de la siguiente manera:
- Si el trabajador percibe una remuneración principal imprecisa o variable, la CTS será el resultado del promedio del sueldo percibido por el trabajador en los seis meses que comprende cada periodo. Esto quiere decir que se promedia el salario de noviembre a abril (para la CTS de mayo) o de mayo a octubre (para la CTS de noviembre).
- Si el trabajador percibe una remuneración fija, pero tiene una remuneración complementaria imprecisa o variable (por ejemplo, percibe horas extras) estos montos serán incluidos en el cálculo siempre y cuando hayan sido percibidos 3 o más veces en el periodo de noviembre del año anterior a abril (para la CTS de mayo) o en el periodo de mayo a octubre (para la CTS de noviembre), en cuyo caso los conceptos se suman y se dividen por 6.
- Para calcular el monto, toma en cuenta tu sueldo mensual, luego súmale 1/6 de la gratificación (divide tu gratificación entre seis). Ese monto, divídelo entre 360 y luego multiplícalo por los días laborados (para todo el semestre, serían 180).
¿Cómo saber el saldo de tu CTS?
Esto depende del banco en el que se encuentra tu dinero. Aquí te compartiremos los links de algunos de los bancos en Perú.
- BCP: https://www.viabcp.com/
- Interbank: https://interbank.pe/
- BBVA: https://www.bbva.pe/
- BanBif: https://www.banbif.com.pe/Personas
- GNB: https://www.bancognb.com.pe/
- Caja Sullana: https://www.cajasullana.pe/
¿Qué sucede si la empresa no paga la CTS?
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) informó a los trabajadores que en caso no depositen la CTS dentro de la fecha establecida, esto es considerado una falta grave por lo que podría recibir una sanción de la siguiente manera:
- Pequeña empresa: la multa va de 0.45 a 4.50 unidades impositivas tributarias (UIT), entre S/2,070 y S/20,700.
- Empresas no Mype: la sanción monetaria va entre los 1.57 a los 26.12 UIT, lo que equivale a montos entre los S/7,222 y los S/120,152.
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