Conoce los siguientes pasos para aprobar la liberación de la CTS hasta el 2024. (Foto: Andina//Ricardo Cuba)
Conoce los siguientes pasos para aprobar la liberación de la CTS hasta el 2024. (Foto: Andina//Ricardo Cuba)

Sobrino, si quieres retirar tu plata, aquí tienes toda la información en cuanto a la liberación de la . En el panorama económico de Perú, la Compensación por Tiempo de Servicios se destaca como un beneficio laboral importante, diseñado para brindar un respaldo a los empleados en caso de renuncia o despido, así que usualmente solo se puede disponer de ese dinero cuando se da uno de los dos casos. Sin embargo, debido a la pandemia del coronavirus y las consecuencias económicas que dejó en muchos hogares, el Congreso decidió permitir que hasta el 31 de diciembre del 2023 haya libre disponibilidad para los colaboradores.

Es decir, en el 2024 solo se podría retirar la CTS bajo las reglas usuales; no obstante, tras la situación ecónomica que atraviesa el país al día de hoy, desde hace algunos meses en el Congreso se han empezado a presentar propuestas para permitir nuevamente la libre disponibilidad de ese dinero. Es así como, el miércoles 17 de abril se

En ese contexto, Depor ha preparado este artículo con información sobre en qué casos será posible, cuándo es el próximo pago de la CTS y también cuál es el siguiente paso para que las personas ya puedan empezar a retirar su dinero.

¿Cuál es el siguiente paso para disponer del 100% de la CTS?

Aunque ya está aprobado el dictamen, todavía faltan reuniones para que se pueda publicar la ley. Es así como los siguientes pasos son: votación en el Pleno del Congreso y si se aprueba, el Ejecutivo tendrá que analizar para definir su promulgación u observación.

¿Cuándo se debatirá la disponibilidad del 100% de la CTS en el Pleno?

De acuerdo con el presidente de la Comisión de Economía, César Revilla, esto podría ocurrir entre el 2 y 9 de mayo. Ambas fechas son probables, ya que podría suceder antes, pero todo depende de lo que se decida en el Congreso de la República.

¿A qué hora se debatirá la disponibilidad del 100% de la CTS en el Pleno?

Todavía no se sabe la hora, pero probablemente sea por la mañana porque el debate de la Comisión de Economía ocurrió durante ese horario. Mayor información puedes encontrar en Depor.

¿Cuáles son los proyectos de ley para el retiro de CTS 2024?

  • Retiro CTS hasta el 31 de diciembre de 2024 - Elva Julón (Alianza para el Progreso).
  • Retiro CTS hasta el 31 de diciembre del 2025 - José Pazo (Somos Perú).
  • Retiro CTS hasta el 31 de diciembre de 2026 - Segundo Quiroz (Perú Libre).
  • Retiro CTS hasta el 31 de diciembre de 2024 - Edgar Reymundo (Juntos por el Perú).
  • Retiro CTS hasta el 31 de diciembre de 2025 - Segundo Montalvo (Perú Libre).
  • Retiro CTS hasta el 31 de diciembre de 2024 - Raúl Doroteo (Acción Popular).
  • Retiro CTS hasta el 31 de diciembre de 2024 - Jorge Coayla (Perú Libre).
  • Retiro AFP de hasta 4 UIT y retiro CTS hasta el 31 de diciembre de 2025 - Luis Aragón (Acción Popular).
  • Retiro CTS hasta el 31 de diciembre de 2024 - Flavio Cruz (Perú Libre).
  • Retiro CTS hasta el 31 de diciembre de 2024 - Alejandro Soto (Alianza para el Progreso).
  • Retiro CTS hasta el 31 de diciembre de 2025 - Jorge Luis flores (Acción Popular).
  • Retiro CTS hasta el 31 de diciembre de 2024 - Gustavo Cordero Jon Tay (Acción Popular).
  • Retiro CTS hasta el 31 de diciembre de 2024 - César Revilla (Fuerza Popular).
  • Retiro CTS hasta el 31 de diciembre de 2024 - María del Carmen Alva.

¿Cuándo depositan la CTS?

A continuación, te presentamos las dos fechas en la cual las empresas están obligadas a realizar el depósito de la CTS y estas son:

  • Entre los primeros 15 días de mayo (Máximo hasta el 15 de mayo).
  • Entre los primeros 15 días de noviembre (Máximo hasta el 15 de noviembre).

¿Cómo calcular cuánto te corresponde de CTS?

De acuerdo con lo que explicó el associate partner del Área Laboral de EY Perú, Mauricio Matos, a la agencia Andina, el cálculo de la CTS se realiza de la siguiente manera:

  • Si el trabajador percibe una remuneración principal imprecisa o variable, la CTS será el resultado del promedio del sueldo percibido por el trabajador en los seis meses que comprende cada periodo. Esto quiere decir que se promedia el salario de noviembre a abril (para la CTS de mayo) o de mayo a octubre (para la CTS de noviembre).
  • Si el trabajador percibe una remuneración fija, pero tiene una remuneración complementaria imprecisa o variable (por ejemplo, percibe horas extras) estos montos serán incluidos en el cálculo siempre y cuando hayan sido percibidos 3 o más veces en el periodo de noviembre del año anterior a abril (para la CTS de mayo) o en el periodo de mayo a octubre (para la CTS de noviembre), en cuyo caso los conceptos se suman y se dividen por 6.
  • Para calcular el monto, toma en cuenta tu sueldo mensual, luego súmale 1/6 de la gratificación (divide tu gratificación entre seis). Ese monto, divídelo entre 360 y luego multiplícalo por los días laborados (para todo el semestre, serían 180).

¿Quiénes cobran la CTS?

  • Los empleados del régimen privado que trabajan, como mínimo, una jornada de cuatro horas diarias.
  • Trabajadores de pequeñas empresas que reciban 15 remuneraciones diarias por año completo de servicios. El máximo de remuneraciones diarias es de 90.
  • En el caso de los trabajadores agrarios, la CTS se encuentra incluida dentro de la remuneración diaria a razón del 9.72% del sueldo básico. No obstante, el colaborador puede solicitar el abono de forma diferenciada y semestral, como en el régimen laboral común.
  • Los trabajadores del hogar han sido incluidos recientemente. A ellos se les deberá abonar la CTS en las mismas condiciones que el régimen laboral común.

¿Qué sucede si la empresa no paga la CTS?

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) informó a los trabajadores que en caso no depositen la CTS dentro de la fecha establecida, esto es considerado una falta grave por lo que podría recibir una sanción de la siguiente manera:

  • Pequeña empresa: la multa va de 0.45 a 4.50 unidades impositivas tributarias (UIT), entre S/2,070 y S/20,700.
  • Empresas no Mype: la sanción monetaria va entre los 1.57 a los 26.12 UIT, lo que equivale a montos entre los S/7,222 y los S/120,152.

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SOBRE EL AUTOR

Licenciada en Ciencias de la Comunicación en la Universidad César Vallejo. Experta en redacción SEO.


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