Colombia Mayor 2022: beneficiarios, fecha de pago y cómo cobrar. (Foto: Difusión)
Colombia Mayor 2022: beneficiarios, fecha de pago y cómo cobrar. (Foto: Difusión)

El programa de Protección Social al Adulto Mayor “” busca aumentar la protección a los adultos mayores por medio de la entrega de un subsidio económico para aquellos que se encuentran desamparados, que no cuentan con una pensión, o viven en la extrema pobreza. Este beneficio ha girado más de 5,5 billones de pesos en transferencias a los participantes del programa: 2,81 billones de pesos en 2020; 2,59 billones de pesos en 2021; y más de 435.170 millones de pesos en los pagos hechos hasta marzo de 2022. Con esa inversión se han beneficiado más de 1.600.000 adultos mayores.

Desde el viernes 29 de abril está disponible la transferencia correspondiente al cuarto ciclo de 2022 del programa Colombia Mayor. Más de 1.600.000 participantes del programa podrán retirar su incentivo, de 80.000 pesos, en Su RED y los aliados en todo el país, hasta el 13 de mayo.

Colombia Mayor: ¿quiénes pueden acceder al subsidio?

Para ser beneficiario debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Ser colombiano.
  • Haber residido durante los últimos diez (10) años en el territorio nacional.
  • Tener mínimo tres años menos de la edad que se requiere para pensionarse por vejez (Actualmente 54 años para mujeres y 59 para hombres).
  • Carecer de rentas o ingresos suficientes para subsistir.

De acuerdo con SISBÉN IV, se toman todos los niveles de los grupos A y B y C hasta el subgrupo C1.

¿Cuánto es el monto de Colombia Mayor?

El Gobierno Nacional, unificó el valor del subsidio mensual del Programa Colombia Mayor, en ochenta mil pesos ($80.000) para todos los beneficiarios a nivel nacional.

En el caso Bogotá D.C, los beneficiarios del Programa Colombia Mayor reciben, además del valor del subsidio citado anteriormente, una suma adicional cofinanciada por el Distrito.

Colombia Mayor: ¿cómo cobrar?

Los subsidios del Programa Colombia Mayor se entregan bajo dos modalidades:

  • Subsidio económico directo: representado en dinero que se gira directamente al adulto mayor beneficiario, por intermedio de los operadores de pago establecidos para tal fin.
  • Subsidio económico indirecto: recursos girados de manera mensual al Centro de Protección Social al Adulto Mayor (CPSAM) o al Centro Diurno según sea el caso, una vez se haya suscrito convenio entre las partes involucradas. El CPSAM o el Centro Diurno, utiliza la totalidad de los recursos para financiar los servicios sociales básicos y complementarios que presta a los beneficiarios.

Cómo cobrar Colombia Mayor a través de un tercero

El pago del subsidio a través de un tercero, autorizado por el beneficiario, se podrá hacer por medio de poder autenticado ante juez o notario, o del proceso de avalados conocido e implementado por las alcaldías. Para estos casos, se verificará que el beneficiario esté registrado en el listado de pagos enviado por Prosperidad Social.

El tercero autorizado deberá presentar ante el operador de pago:

  • Su cédula de ciudadanía original y la del beneficiario titular del programa.
  • Entregar una fotocopia de la cédula de ciudadanía del beneficiario.
  • Entregar el poder o la autorización original, cuya vigencia no puede ser mayor a treinta días, contados a partir de la fecha de su autenticación o firma.


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