¿Cómo saber el monto exacto de tu gratificación? A poco más de una semana para la Navidad y Año Nuevo, los pensionistas y jubilados del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) y del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) solo piensan en recibir el pago de su aguinaldo correspondiente al mes de diciembre. Echa un vistazo a la siguiente información y comparte los detalles con tus amigos.
Desde hace años, en México se dividió el aguinaldo en dos partes. La primera de estas -y la más esperada por todos en el país- coincide con la temporada comercial del ‘Buen Fin’ época en la que las empresas departamentales y otros negocios afines realizan todo tipo de ofertas en sus productos. Esto, por supuesto, con la finalidad de generar ‘movimiento’ en el mercado.
El aguinaldo, como bien es sabido por todos, es un derecho de todos los trabajadores, independientemente de cuánto tiempo llevan en la empresa. Así lo establece la Ley Federal del Trabajo (LFT), donde se aclara que esa prestación económica deben recibirla todos los empleados, incluso aquellos que se incorporaron recientemente a cualquier centro laboral.
¿Cuándo depositan la Pensión IMSS e ISSSTE?
Los pensionados y jubilados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) recibirán su aguinaldo en una sola exhibición, a partir del 1 de noviembre. Por su parte, los pensionados y jubilados del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), lo recibirán en dos partes, siendo el primer depósito el 29 de octubre; y el segundo, el 29 de noviembre.
Para los pensionados del IMSS, dicho pago deberá verse reflejado en sus cuentas o en la emisión del cheque, dependiendo la forma de pago acordada entre las partes, todo esto con fecha del 1 de noviembre. Mientras tanto, el segundo pago del aguinaldo, se realizará el primer día del mes de diciembre, el miércoles 1, concluyendo así con todo lo acordado para este 2021.
Recuerda, podrán disfrutar de la primera parte del aguinaldo (29 de octubre) aquellas personas a las que el ISSSTE les haya otorgado pensión por incapacidad parcial, total, retiro, cesantía, vejez, viudez, orfandad, ascendientes o por muerte de persona discapacitada. La segunda parte del pago, por su parte, se tiene agendado para el 29 de noviembre, cerrando así los depósitos.
Aguinaldo de diciembre: ¿cómo calcularlo?
La consideración principal es la del salario base que se percibe por cada día laborado. Este es igual a lo multiplicado por 15. Así, sabrás cuál es tu aguinaldo. En el caso de las y los trabajadores que tenga un salario fijo, el cálculo debe hacerse con el salario cuota diaria, sin incluir ningún otro ingreso, respecto al sueldo que perciban al momento del pago del aguinaldo.
Dicho lo anterior, ten presente que si el monto del salario es variable por unidad de obra (trabajo a destajo), se debe tomar como base el ingreso promedio diario obtenido en los últimos 30 días efectivamente trabajados, por cualquier concepto que reciba la o el trabajador.
Para las y los trabajadores contratados como vendedores, agentes de comercio o de seguros, propagandistas y otros semejantes que estén contratados bajo el amparo de la LFT, el salario diario para el pago del aguinaldo se calcula tomando en cuenta el promedio de los ingresos percibidos en el último año o del tiempo de trabajo en caso de que no hayan cumplido el año. En resumen:
- Si trabajas al sector privado, te corresponden al menos 15 días de salario en caso de haber laburado el año completo.
- Si trabajar al sector público, te corresponde recibir el pago de al menos cuarenta días de salario por un año de servicio.
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