Entramos a diciembre y los jubilados del Seguro Social (IMSS) y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) esperan poder recibir el aguinaldo correspondiente a fin de año. En la siguiente nota podrás conocer todos los detalles del pago en México.
El primero de estos pagos -y el más esperado por todos en el país- coincide con la temporada comercial del ‘Buen Fin’ época en la que las empresas departamentales y otros negocios afines realizan todo tipo de ofertas en sus productos. Esto, por supuesto, con la finalidad de generar ‘movimiento’ en el mercado.
El aguinaldo, como bien es sabido por todos, es un derecho de todos los trabajadores, independientemente de cuánto tiempo llevan en la empresa. Así lo establece la Ley Federal del Trabajo (LFT), donde se aclara que esa prestación económica deben recibirla todos los empleados, incluso aquellos que se incorporaron recientemente a cualquier centro laboral.
La consideración principal es la del salario base que se percibe por cada día laborado. Este es igual a lo multiplicado por 15. Así, sabrás cuál es tu aguinaldo. En el caso de las y los trabajadores que tenga un salario fijo, el cálculo debe hacerse con el salario cuota diaria, sin incluir ningún otro ingreso, respecto al sueldo que perciban al momento del pago del aguinaldo.
Dicho lo anterior, ten en cuenta que si el monto del salario es variable por unidad de obra (trabajo a destajo), se debe tomar como base el ingreso promedio diario obtenido en los últimos 30 días efectivamente trabajados, por cualquier concepto que reciba la o el trabajador.
Para las y los trabajadores contratados como vendedores, agentes de comercio o de seguros, propagandistas y otros semejantes que estén contratados bajo el amparo de la LFT, el salario diario para el pago del aguinaldo se calcula tomando en cuenta el promedio de los ingresos percibidos en el último año o del tiempo de trabajo en caso de que no hayan cumplido el año. En resumen:
Los pensionados y jubilados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) recibirán su aguinaldo en una sola exhibición, a partir del 1 de noviembre. Por su parte, los pensionados y jubilados del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), lo recibirán en dos partes, siendo el primer depósito el 29 de octubre; y el segundo, el 29 de noviembre.
Para los pensionados del IMSS, dicho pago deberá verse reflejado en sus cuentas o en la emisión del cheque, dependiendo la forma de pago acordada entre las partes, todo esto con fecha del 1 de noviembre. Mientras tanto, el segundo pago del aguinaldo, se realizará el primer día del mes de diciembre, el miércoles 1, concluyendo así con todo lo acordado para este 2021.
Los pensionados del ISSSTE tienen derecho a recibir un equivalente a 60 días de pensión.
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, las empresas o compañías tienen la obligación de entregar el aguinaldo, a sus trabajadores, antes del 20 de diciembre de cada año.
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