Toma nota cuanto antes. Las autoridades locales de México han hecho entrar en vigor una de las leyes más fuertes contra el tabaco. Las nuevas reglas han sido aplicadas, como reformas al ya existente Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, activa desde hace años, y que, con las modificaciones promovidas para este 2023, busca afianzar la protección a la población de los efectos dañinos.
“México se vuelve uno de los países a la vanguardia en la protección de la salud de niños, niñas y adolescentes”, señaló el titular de la Comisión Nacional contra las Adicciones (Conadic), Gady Zabicky, en un mensaje por la entrada en vigor del nuevo reglamento de la mencionada ley.
Los nuevos cambios de la Ley General para el Control del Tabaco, que entraron en vigor el domingo 15 de enero, precisan que queda totalmente prohibido fumar, tabaco o nicotina, en espacios públicos, tanto abiertos como cerrados.
Para seguir detallando, la reforma clasifica que todos los espacios de “concurrencia colectiva” serán considerados como sitios 100% libres de humo. Con esta disposición, no se podrá fumar los productos de tabaco o nicotina en estos lugares:
Además, ten en cuenta que todas las áreas con acceso al público en general, que no han sido mencionadas en la anterior lista, entran en las zonas 100% libres de humo, por lo que el consumo de tabaco o nicotina no podrá ejercerse.
Los sectores en donde se podrá fumar tendrán que ser exclusivas para esa acción y se situarán, siempre, en extensiones al aire libre. En estos puntos no se podrá consumir alimentos y bebidas, ni brindar servicios de entretenimiento, realizar actividades sociales o de esparcimiento.
Estas zonas exclusivas quedan completamente prohibidas para los menores de 18 años y deberán estar separadas físicamente del otras áreas, al menos a diez metros de distancia de lugares de congregación. A continuación, los requisitos para contar con estos espacios.
Las personas que incumplan el Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco podrán ser sancionadas o apercibidos; pagar una multa que va entre mil y 10 mil veces el salario mínimo, o ser detenidas y arrestadas hasta por 36 horas.
En tanto, los establecimientos o centros de congregación que no cumplan o permitan fumar en sus instalaciones podrán ser clausurados parcial o completamente y temporal o de forma permanente, de acuerdo a la gravedad de la falta.
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