Pensión IMSS e ISSSTE: conoce si puedes aumentarlas aquí y cuándo harán el pago de junio (Foto: Getty Images).
Pensión IMSS e ISSSTE: conoce si puedes aumentarlas aquí y cuándo harán el pago de junio (Foto: Getty Images).

Atento con la siguiente información que te será de mucha utilidad. El (IMSS) y el (ISSSTE) están por pagar las pensiones a los jubilados en , y aquí te contamos todo lo que necesitas saber sobre el depósito correspondiente a junio. En esta misma línea, te explicamos si podrás aumentar tu beneficio estando ya retirado. ¡Adelante!

¿Cuándo pagan la ‘Pensión IMSS’ de junio?

Si eres beneficiario de la Pensión IMSS, te recodamos que dicha institución comunicó que el pago de la mensualidad correspondiente a junio se realizará el día miércoles 1. Eso sí, se recomienda a todos asistir a los establecimientos en días subsecuentes al mencionado para evitar nuevos contagios de COVID-19.

Pensión IMSS e ISSSTE: ¿puedes aumentarlas ya retirado?

La respuesta, lamentablemente para muchos, es no. Los pensionados del IMSS y del ISSSTE ya no podrán incrementar el pago mensual de su beneficio, por lo que la cantidad establecida durante el trámite es la misma que recibirán durante su retiro. Eso sí, habrán ajustes anuales de acuerdo al salario mínimo y las UMAs.

¿Cuándo pagan la ‘Pensión ISSSTE’ de junio?

En el caso de que quieras cobrar la Pensión ISSSTE, esta institución anunció que hará el pago correspondiente al mes de junio, casi de manera anticipada, durante la primera semana del nuevo mes. Dicho lo anterior, será a partir de esa fecha que los beneficiarios podrán disponer de su dinero de forma segura.

¿Cómo cobrar las pensiones IMSS e ISSSTE?

  • Respetar los lineamientos sanitarios para evitar posibles contagios de COVID-19.
  • Acudir a cobrar las pensiones en días posteriores para evitar aglomeraciones.
  • Realizar compras con tarjeta de crédito o por medio de la banca en línea, en lugar de efectivo.

Pensión IMSS-ISSSTE: ¿qué hacer si no te pagan?

De acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), las y los trabajadores, ya sean de base, de confianza, de planta, sindicalizados, contratados por obra o tiempo determinado, eventuales, comisionistas, agentes de comercio, de seguros, vendedoras y otros semejantes deberán recibir el pago de su aguinaldo.

De esta manera, “dicha prestación laboral aplica para todas las personas que prestan sus servicios de manera subordinada a un patrón cuya relación de trabajo se rija por la Ley Federal del Trabajo”, explica la dependencia. En caso de incumplimiento, el trabajador puede acudir a la Profedet para recibir asesoría y representación?


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