Reinicio de actividades: esta es la guía que deben cumplir los restaurantes para hacer delivery

La norma señala que serán los gobiernos regionales o municipalidades las encargadas de fiscalizar que se cumpla los requerimientos.
Delivery Perú: los restaurantes podrán volver a laborar siempre y cuando cumplan los requisitos.

Este domingo 3 de mayo, el Gobierno promulgó una guía técnica para que los restaurantes y servicios a fines puedan volver a sus labores con la modalidad de delibery. Esta medida es con el fin de amortiguar el golpe económico producido por el nuevo .

Según la Resolución Ministerial N° 250-2020-MINSA, publicada este domingo en el Diario Oficial El Peruano, los restaurantes de todo tamaño podrán vender sus productos gastronómicos a través del servicio de delivery siempre que se cumplan con los lineamientos.

“Establecer las condiciones sanitarias que deben cumplir los restaurantes y servicios afines que cuentan con la modalidad del servicio a domicilio de alimentos preparados culinariamente que son entregados a domicilio o para llevar,con énfasis en situaciones que ponen en riesgo la salud pública: Pandemias (como es el caso del COVID -19), epidemias de enfermedades de transmisión alimentaria, desastres naturales, entre otros”, señala la norma.

Por su parte, el ministro de Comercio Exterior y Turismo, Edgar Vásquez, indicó que los gobiernos locales y regionales tendrán el deber de fiscalizar el cumplimiento del protocolo.

¿Qué establece la norma?

El documento informa que el personal operativo, administrativo, de reparto y externos, deberán contar con los equipos de protección establecidos como guantes, cofia, lentes, mascarillas, según la actividad que cada laborador realice.

Además, el documento detalla las disposiciones sanitarias específicas del envase y empaque en el que se colocarán los productos y las condiciones sanitarias que deberán acatar los restaurantes, como garantizar el distanciamiento social de al menos un metro entre el personal que interviene en cada una de las fases de la cadena alimentaria.

Para el reparto del producto, el repartidor deberá asegurarse que el contenedor o caja se encuentren desinfectados y que esté correctamente cerrado. Luego lo acondicionará en el contenedor o caja para transportarlo en un vehículo (motorizados, bicicletas, entre otros) o a pie. En caso que el consumidor sea quien recoja el empaque, este sólo podrá hacerlo en la zona de despacho.

Eso sí, cabe resaltar que para esta primera etapa no se ha contemplado el reinicio de actividades de delivery a través de terceros, como es el caso de los aplicativos Rappi, Glovo y Uber Eats.

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