El posible retiro de fondos de la AFP hasta 4 UIT ayudará en la economía de los peruanos (Foto: Carla Patiño Ramírez / Andina)
El posible retiro de fondos de la AFP hasta 4 UIT ayudará en la economía de los peruanos (Foto: Carla Patiño Ramírez / Andina)

Una noticia que varios ciudadanos querían escuchar por fin llegó, luego de que la Comisión de Economía del Congreso aprobó un (UIT) de sus fondos en las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP). ¿Qué significa esto? A continuación, te explicamos a detalle.

Cabe mencionar que el dictamen – aprobado por 17 votos a favor, 3 en contra y ninguna abstención – será elevado al Pleno del Congreso para su debate y votación final. De obtener luz verde, 6 millones de peruanos podrían acceder, si así lo desean, a dicho monto, que se convertiría en el séptimo retiro de fondos de la AFP en nuestro país.

¿QUÉ DICE EL DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA DEL CONGRESO?

Tras discutir sobre una nueva liberación de los fondos de las AFP, la Comisión de Economía del Congreso aprobó el dictamen, que ahora pasará al Pleno, donde se verá si prospera.

“La presente ley tiene por objeto autorizar de manera extraordinaria a todos los afiliados al Sistema Privado de Fondo de Pensiones, sin ninguna excepción, el retiro facultativo de sus fondos acumulados en las cuentas individuales de capitalización, hasta por el monto de cuatro (04) unidades impositivas tributarias (UIT)”, se lee en el texto aprobado.

¿QUÉ MONTO SE PODRÁ RETIRAR DE LA AFP?

De acuerdo con el texto aprobado del dictamen, el monto autorizado para el retiro es de hasta 4 UIT, equivalente a S/20,600.

¿SUFRIRÁ ALGÚN DESCUENTO EL RETIRO DE LOS FONDOS DE LA AFP?

En el artículo 3 del texto señala que el retiro de los fondos de la AFP mantiene la condición de intangible; es decir, no será objeto de descuento, compensación legal o contractual, embargo, retención o de cualquier forma de afectación, sea por orden judicial y/o administrativa, sin distingo de la cuenta en la que hayan sido depositados.

Asimismo, precisa: “No se aplica a las retenciones judiciales o convencionales derivadas de deudas alimentarias hasta un máximo de 30% de lo retirado”.

¿QUIÉNES ACCEDERÁN AL RETIRO SI SE APRUEBA EL DICTAMEN?

Para responder a esta interrogante, nuevamente debemos recurrir al texto sustitutorio del dictamen, en el que se lee que el séptimo retiro de fondos de la AFP beneficiará a todos los afiliados al Sistema Privado de Pensiones “sin excepción”.

Una vez que la ley se publique, empieza a correr el tiempo para solicitar hasta 4 UIT a tu AFP (Foto: Andina)
Una vez que la ley se publique, empieza a correr el tiempo para solicitar hasta 4 UIT a tu AFP (Foto: Andina)

¿DESDE CUÁNDO SE PODRÁ RETIRAR LOS FONDOS DE LA AFP?

Para poder dar una fecha exacta sobre el momento en el que se podrá retirar los fondos de esta séptima liberación, primero el dictamen debe ser aprobado por el Pleno del Congreso. De recibir luz verde, deberá publicarse la respectiva ley.

Una vez que salga la ley del retiro facultativo de los fondos de los afiliados en el sistema privado de pensiones, “la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) determinará, mediante reglamento, el procedimiento operativo en un plazo que no excederá de 15 días calendario de publicada la ley, bajo responsabilidad de su titular”, se lee en el texto sustitutorio.

PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR EL RETIRO DE MIS FONDOS

El procedimiento para solicitar el retiro de los fondos de una AFP, generalmente es el que sigue:

  • Verificación de información. Tus datos personales (DNI, dirección, número telefónico, cuenta bancaria) deben estar actualizados en la base de tu AFP.
  • Solicitud de retiro. Cuando la SBS anuncie el procedimiento operativo, cada AFP dispondrá, ya sea de forma virtual y/o presencial, cómo recibirá las solicitudes de retiro. En ella debes colocar el monto que deseas sacar de tus fondos, que no deberá exceder los 4 UIT.
  • Evaluación y aprobación. La AFP a la que perteneces recibirá las solicitudes para evaluarlas y posteriormente aprobarlas.
  • Depósito del monto solicitado. Tras la aprobación de tu solicitud, tu AFP coordinará el depósito de la cantidad que pediste en la cuenta bancaria que brindaste.

FECHAS PARA PRESENTAR LAS SOLICITUDES

El ingreso de solicitudes deberá ser dentro de los 90 días calendarios posteriores a la publicación y vigencia del reglamento de la norma del Retiro AFP 2024.

¿DE QUÉ MANERA SERÁN LOS DESEMBOLSOS DEL RETIRO AFP 2024?

Es preciso mencionar que una vez que se apruebe tu desembolso de fondos, este te será entregado por partes. De acuerdo con lo estipulado en el procedimiento operativo es como sigue:

  • Primer abono. Será equivalente a una UIT y se efectuará 30 días calendarios posteriores a la aprobación de la solicitud.
  • Segundo abono. También será equivalente a una UIT y se entregará dentro de los 30 días calendarios, contabilizados desde el primer desembolso.
  • Tercer abono. Equivalente hasta 2 UIT y se otorgará 30 días después del segundo desembolso que hizo la AFP.

¿QUÉ HAGO SI DESISTO DE RETIRAR MIS FONDOS?

En el caso de que un afiliado haya solicitado el retiro de sus fondos ante la AFP a la que pertenece, pero se da cuenta que ya no quiere hacerlo, hay una solución, así que tranquilo. Sólo deberá informar, por única vez, de que desiste a la Administradora Privada de Fondos de Pensiones hasta diez días antes del desembolso.

El texto oficial que aprobó la Comisión de Economía y que se debatirá en el Congreso.
El texto oficial que aprobó la Comisión de Economía y que se debatirá en el Congreso.

TAGS RELACIONADOS

Contenido Sugerido

Contenido GEC