Este martes 8 de diciembre se conmemora el Día de la Inmaculada de Concepción, una tradición religiosa que se celebra en el Perú y en diferentes países del mundo. Con motivo de esta festividad, se declaró feriado.
Si eres una de las personas que laborará este día, así hagas trabajo remoto, de seguro te has preguntado ¿cuánto te corresponderá cobrar? No te preocupes, que a continuación absolvemos tus dudas.
¿CÓMO CALCULAR EL PAGO POR LABORAR ESTE FERIADO?
Si trabajas en día feriado, sin descanso sustitutorio en otro día, deberás percibir una triple remuneración: una remuneración diaria por el feriado (que ya está incluido en tu sueldo), una segunda remuneración por el trabajo realizado y una tercera remuneración por haber laborado en día feriado, sin descanso sustitutorio.
Por ejemplo, si tu sueldo mensual es 1.500 soles, el valor diario de éste es 50 soles; por lo que te correspondería percibir a fin de mes 1.600 soles.
- Una remuneración diaria por el feriado: los 50 soles que ya están incluidos en el sueldo mensual.
- Una segunda remuneración: 50 soles adicionales por el trabajo realizado.
- Una tercera remuneración: 50 soles por haber laborado el feriado sin descanso sustitutorio.
¿SI TRABAJO, PERO NO QUIERO COBRAR?
En el caso de que labores el 8 de diciembre, pero no quieres que te paguen el monto que te corresponde, puedes optar por pedir un descanso sustitutorio por ese día trabajado; es decir, si trabajas de todas maneras este feriado, puedes pedir un descanso algún otro día de la semana sin ningún pago adicional.
Esta opción, también se da para los empleados que se encuentran laborando desde sus hogares, mediante trabajo remoto.
¿Y SI LOS TRABAJADORES TOMAN SU FERIADO?
Si los trabajadores toman su feriado, las empresas deben respetar el día de descanso y no hacerlos laborar con algún tipo de trabajo pendiente, así sea pequeños informes.
Pero si, de todas maneras, la compañía necesita que su empleado se conecte en feriado, así sea por un breve tiempo, deberá pagarle el día completo; es decir, el pago triple.
“El trabajo en día feriado o descanso, cualquiera sea su duración hace que se genere el pago del día completo, así alguien se conecte por dos horas”, precisó Mónica Pizarro, socia del estudio Echecopar.