Gratificación de diciembre: Todo lo que debes saber sobre el aguinaldo por Navidad. (Foto: El Comercio)
Gratificación de diciembre: Todo lo que debes saber sobre el aguinaldo por Navidad. (Foto: El Comercio)

En , los trabajadores que laboran en una empresa privada y se encuentran en planilla tienen un beneficio laboral muy importante: la . Este dinero extra equivale a un sueldo sin descuentos, y se entrega dos veces al año, en los meses de julio y diciembre. Todo lo que debes saber sobre el aguinaldo que está próximo a pagarse y que te puede ayudar con los gastos por las fiestas de fin de año en esta nota de Depor.

¿Qué es la gratificación y por qué se paga?

La gratificación es un beneficio laboral establecido en la legislación peruana que busca reconocer y recompensar el esfuerzo y la dedicación de los trabajadores del sector privado en el país. Se trata de un pago adicional que se realiza dos veces al año, en julio y diciembre, y equivale a una remuneración mensual completa, la cual se encuentra regulada por el Decreto Legislativo N° 677, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios.

Esta norma establece que todo trabajador con al menos un mes de servicio tiene derecho a recibir la gratificación. El monto a pagar es calculado en base al sueldo del trabajador y se consideran los conceptos remunerativos regulares, así como cualquier otro pago acordado entre el empleador y el empleado. Es importante destacar que la gratificación es de carácter obligatorio para los empleadores y es un derecho irrenunciable del trabajador.

¿Quiénes reciben la gratificación de julio 2023

Según la Ley N° 27735 tienen derecho a recibir el beneficio laboral, las personas que cumplan alguno de los siguientes requisitos.

  • Trabajar en una empresa privado.
  • En el caso de trabajadores de pequeñas empresas, tienen derecho a media gratificación (en julio y diciembre).
  • Aquellos trabajadores que laboren bajo el régimen agrario.
  • Los trabajadores de las entidades públicas bajo el régimen laboral de la actividad privada.

¿A quiénes no se les paga gratificación?

Los que no tienen derecho al pago de gratificación son aquellos que, por acuerdo con el empleador, reciben una “remuneración anual integral”, en la cual está incluido este pago y el de la CTS.

Requisitos para recibir la gratificación

De acuerdo con la CCL, el derecho a percibir este beneficio se obtiene siempre que el trabajador se encuentre efectivamente laborando durante la primera quincena de diciembre. Excepcionalmente, se considera tiempo efectivamente laborado los siguientes supuestos de suspensión de labores:

  • El descanso vacacional.
  • La licencia con goce de remuneraciones.
  • El descanso médico por incapacidad para el trabajo que genera el pago de subsidios.
  • El descanso por accidente de trabajo que esté remunerado o pagado con subsidios y aquellos considerados por ley expresa como laborados para todo efecto legal.

¿Cuánto debe pagarme de gratificación?

El monto de la remuneración para el pago de su gratificación para el caso de comisionistas y destajeros se obtiene sobre la base del promedio de comisiones percibidas en los 6 meses anteriores al 15 de diciembre de 2023.

Los trabajadores que hayan laborado durante todo el semestre (julio – diciembre) perciben un sueldo completo de gratificación. Para los que han laborado algunos meses, la gratificación será equivalente a un sexto del sueldo por cada mes laborado.

Sin embargo, esto podría cambiar si en un mes el trabajador tuviera inasistencias injustificadas. De ser ese el caso, por cada inasistencia se descontará un treintavo del sexto a percibir.

Es importante, precisar que para el pago de la gratificación no se consideran las utilidades, las gratificaciones extraordinarias, las asignaciones por movilidad, educación, viáticos y los demás conceptos “no remunerativos”, previstos en el Art. 19 de la Ley de CTS.

¿Cómo calcular la gratificación de diciembre 2023?

Los trabajadores que deseen saber cuál es el monto que recibirán como gratificación en diciembre podrán calcularlo de la siguiente manera:

¿Hasta cuándo se puede pagar la gratificación a los trabajadores?

La gratificación es un beneficio laboral que reciben los trabajadores de las empresas privadas. Este dinero se paga dos veces al año (julio y diciembre), y equivale a un sueldo sin descuentos, el 15 de diciembre del 2023 es el último día para que los colaboradores reciban ese dinero, tener en cuenta el primer día es el 1 de ese mes. En caso de no hacerlo, el centro de labores puede recibir multas y otras sanciones.

¿Qué pasa si la empresa dónde trabajas no te paga tu gratificación?

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) indica que el incumplimiento del pago de este beneficio laboral está tipificado como una infracción grave, por lo que las empresas que no lo hagan podrán ser denunciadas y multadas. En el caso de una pequeña empresa la multa puede llegar a ser de hasta S/ 20.700, mientras que en las medianas y grandes empresas la sanción es de hasta S/ 120.152.

¿Quiénes reciben una bonificación extra del 6.76%?

Aquellos trabajadores que se encuentran afiliados a una Empresa Prestadora de Salud (EPS). Es decir, el pago es de un sueldo completo más el porcentaje adicional. Tampoco les corresponde a los trabajadores independientes (no sujetos a subordinación laboral con la empresa) y a los que están regulados por el Código Civil como una locación de servicios.

¿A quiénes les corresponde la bonificación extraordinaria del 9%?

Los trabajadores que están en planilla y dentro del régimen privado tendrán un sueldo íntegro por concepto de gratificación y, adicionalmente, los afiliados por EsSalud recibirán una bonificación extraordinaria del 9%, según la Cámara de Comercio de Lima (CCL). Mientras los colaboradores que se encuentran afiliados a una Empresa Prestadora de Salud (EPS), la bonificación extraordinaria será del 6.76%.

“Conforme a la Ley N°27735, norma que regula el otorgamiento de las gratificaciones y siempre que el trabajador haya laborado el semestre completo (enero - junio 2023). El plazo para el pago de este beneficio vence este 15 de julio, el mismo que deberá figurar en la planilla electrónica”, señaló Álvaro Gálvez, gerente del Centro Legal de la CCL. Asimismo, la CCL indica que en caso los trabajadores hayan laborado algunos meses en dicho semestre, la gratificación será equivalente a un sexto de sueldo por cada mes trabajado. Aunque, si en un mes el trabajador tuviera inasistencia injustificadas, por cada una se descontará un treintavo del sexto a percibir.

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SOBRE EL AUTOR

Licenciada en periodismo de la Universidad Jaime Bausate y Meza con especialización en medios digitales y gestión pública. Cuenta con más de 13 años de experiencia en medios públicos y privados.

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