El 19 de mayo, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) dio a conocer el procedimiento operativo para que los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP), interesados en realizar el retiro de hasta S/ 17.600, equivalentes a 4 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), puedan acceder a sus fondos previsionales.
MÁS INFORMACIÓN: Cómo puedo solicitar el retiro de hasta S/ 17,600 a partir del 27 de mayo
Precisó que para acceder a sus ahorros jubilatorios, los aportantes deberán presentar una solicitud ante la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) a la que pertenecen dentro de los noventa días calendario posteriores a la vigencia del reglamento de la Ley 31192.
De acuerdo con la Resolución SBS N°1484-2021, el trámite será gratuito y virtual a través de www.consultaretiroafp.pe. Pero desde cuándo comenzará el registro y cuál será el cronograma; a continuación, te lo detallamos.
¿CUÁNDO COMIENZA EL REGISTRO DE SOLICITUDES?
El registro de solicitudes comenzará el jueves 27 de mayo. El horario establecido para enviar este documento será de lunes a viernes de 8:00 p.m. hasta las 6:00 p.m.
CRONOGRAMA
Con el propósito de brindar una mejor atención y garantizar el acceso ordenado a la plataforma de la Asociación de AFP, se estableció un cronograma en base al último dígito o letra del documento de identidad. Cabe precisar que las fechas son válidas para el Perú y extranjero.
Si tu DNI o documento termina en: | Registra tu solicitud de retiro las siguientes fechas: |
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0, letra u otro | 27 o 28 de mayo |
1 | 31 de mayo o 1 de junio |
2 | 2 o 3 de junio |
3 | 4 o 7 de junio |
4 | 8 o 9 de junio |
5 | 10 o 11 de junio |
6 | 14 o 15 de junio |
7 | 16 o 17 de junio |
8 | 18 o 21 de junio |
9 | 22 o 23 de junio |
¿QUÉ PASA SI PRESENTÉ MI SOLICITUD, PERO YA NO QUIERO RETIRAR MI AFP?
En el caso de que un afiliado desee dejar de retirar los fondos de su Cuenta Individual de Capitalización de Aportes Obligatorios (CIC), deberá comunicarlo a su AFP hasta diez días calendario antes de efectuado cualquiera de los tres desembolsos, lo cual anula las armadas pendientes de pago.
Para tal fin, el afiliado debe ingresar su solicitud conforme a los canales y formatos que establezca la AFP en cumplimiento del numeral 3.3. La AFP debe dar respuesta a lo solicitado a través del medio que permita guardar constancia de ello, precisa la resolución de la SBS.
PLAZOS PARA LOS DESEMBOLSOS
La AFP dispondrá la entrega de los fondos conforme al siguiente cronograma:
- Primer desembolso de hasta 1 UIT: en un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde presentada la solicitud ante la AFP.
- Segundo desembolso de hasta 1 UIT: en un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde efectuado el primer desembolso por la AFP.
- Tercer desembolso por el remanente del monto solicitado hasta 2 UIT: En un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde efectuado el segundo desembolso por la AFP.