Este retiro extraordinario podrán realizarlo todos los afiliados a una AFP, con excepción de aquellos que califican para acceder al Régimen Especial de Jubilación Anticipada (Foto: Andina)
Este retiro extraordinario podrán realizarlo todos los afiliados a una AFP, con excepción de aquellos que califican para acceder al Régimen Especial de Jubilación Anticipada (Foto: Andina)

El 19 de mayo, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó el procedimiento operativo que permitirá a los afiliados a las AFP el de hasta S/ 17,600 (4UIT) de los fondos pensionarios, dispuesto por Ley 31192. Tras ello, las administradoras de pensiones son las encargadas de publicar el cronograma y los pasos que deberán seguir los aportantes para acceder al beneficio.

MÁS INFORMACIÓN: Solicitud de retiro hasta 4 UIT de la AFP, ¿cómo será el registro para los aportantes en el extranjero?

Este retiro extraordinario podrán realizarlo todos los , con excepción de aquellos que califican para acceder al Régimen Especial de Jubilación Anticipada (REJA), dentro de los noventa días calendario posteriores a la vigencia del reglamento de la norma, cuya entrega se dará en tres fases: el primer desembolso a los 30 días de presentada la solicitud, lo mismo para el segundo y el resto será entregado en el tercer depósito. Cabe mencionar, además que el objetivo de esta norma es aliviar la economía familiar afectada por la pandemia del COVID-19.

Es así que, horas después de la publicación de la , cada una de las Administradoras de Fondos de Pensiones utilizaron sus canales de información para dar a conocer a todos sus afiliados cuál será el procedimiento. Eso sí, tal y como se realizaron en los anteriores retiros, este será de acuerdo al último dígito del Documento Nacional de Identidad (DNI).

El 19 de mayo, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó el procedimiento operativo que permitirá a los afiliados a las AFP el retiro facultativo de hasta S/ 17,600 (Foto: El Peruano)
El 19 de mayo, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó el procedimiento operativo que permitirá a los afiliados a las AFP el retiro facultativo de hasta S/ 17,600 (Foto: El Peruano)

CRONOGRAMA DE RETIRO DE HASTA 4 UIT DE LA AFP, SEGÚN EL DNI

Como lo mencionamos, el cronograma, tanto de Habitat, Prima, Profuturo e Integra; ha sido elaborado en base al último dígito del DNI de los afiliados, y es el siguiente:

  • Si tu DNI termina en 0, letra u otro, podrás solicitar el retiro el 27 o 28 de mayo
  • Si tu DNI termina en 1, podrás solicitar el retiro el 31 de mayo o 1 de junio
  • Si tu DNI termina en 2, podrás solicitar el retiro el 2 o 3 de junio
  • Si tu DNI termina en 3, podrás solicitar el retiro el 4 o 7 de junio
  • Si tu DNI termina en 4, podrás solicitar el retiro el 8 o 9 de junio
  • Si tu DNI termina en 5, podrás solicitar el retiro el 10 u 11 de junio
  • Si tu DNI termina en 6, podrás solicitar el retiro el 14 o 15 de junio
  • Si tu DNI termina en 7, podrás solicitar el retiro el 16 o 17 de junio
  • Si tu DNI termina en 8, podrás solicitar el retiro el 18 o 21 de junio
  • Si tu DNI termina en 9, podrás solicitar el retiro el 22 o 23 de junio

¿Y CÓMO SERÁ EL DESEMBOLSO DEL DINERO?

Luego que el afiliado presente su solicitud de retiro, por única vez, a partir del 27 de mayo hasta el 24 de agosto de 2021, la ADP realizará el depósito de la siguiente manera:

  1. Primer desembolso de hasta 1 UIT: en un plazo máximo de 30 días calendario (Desde la fecha presentada la solicitud ante la AFP)
  2. Segundo desembolso de hasta 1 UIT: en un plazo máximo de 30 días calendario (Desde el primer desembolso por la AFP)
  3. Tercer desembolso por el remanente del monto solicitado hasta 2 UIT: en un plazo máximo de 30 días calendario (Desde efectuado el segundo desembolso por la AFP)
No todos podrán acceder al retiro de hasta 4 UIT de sus fondos, según la Ley 31192. (Foto: Andina)
No todos podrán acceder al retiro de hasta 4 UIT de sus fondos, según la Ley 31192. (Foto: Andina)

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