Desde el 27 de mayo, los aportantes al Sistema Privado de Pensiones (SPP) comenzaron con el envío de la solicitud para retirar hasta 7.600 soles de sus ahorros jubilatorios; sin embargo, algunos afiliados a la AFP no han podido empezar con el trámite debido a que su usuario está bloqueado. ¿Qué hacer en estos casos?
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A continuación, te explicamos lo que debes hacer si tuviste este inconveniente a la hora de intentar el proceso de retiro. Antes, recuerda que podrás realizar el trámite online hasta el 24 de agosto de 2021, de lunes a viernes en el horario de 8:00 a.m. a 6:00 p.m., solo no olvides tener a la mano tu DNI o documento de identidad.
¿CÓMO REGISTRARME AL RETIRO DE AFP SI MI USUARIO ESTÁ BLOQUEADO?
Si al registrar tu solicitud para acceder a tus fondos pensionarios, el sistema bloquea tu usuario tras detectar algún inconveniente cuando validó tu identidad, no insistas ese momento y vuelve a intentarlo las 24 horas siguientes, tiempo en el que nuevamente se habilitará el sistema para ti.
En el caso de haber transcurrido las 24 horas y estás listo para proceder a registrarte nuevamente, pero de acuerdo con el cronograma que implementó la Asociación de AFP ya no te corresponde, no quiere decir que ya perdiste tu oportunidad. Lo único que te queda es realizar el trámite en cualquier momento a partir del 24 junio y hasta el 24 de agosto.
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CRONOGRAMA PARA SOLICITUDES
La Asociación de AFP estableció un cronograma en base al último dígito o letra del documento de identidad. Cabe precisar que las fechas son válidas para el Perú y extranjero.
Si tu DNI o documento termina en: | Registra tu solicitud de retiro el: |
---|---|
0, letra u otro | 27 o 28 de mayo |
1 | 31 de mayo o 1 de junio |
2 | 2 o 3 de junio |
3 | 4 o 7 de junio |
4 | 8 o 9 de junio |
5 | 10 o 11 de junio |
6 | 14 o 15 de junio |
7 | 16 o 17 de junio |
8 | 18 o 21 de junio |
9 | 22 o 23 de junio |
¿QUÉ PASA SI PRESENTÉ MI SOLICITUD, PERO YA NO QUIERO RETIRAR MI AFP?
En el caso de que un afiliado desee dejar de retirar los fondos de su Cuenta Individual de Capitalización de Aportes Obligatorios (CIC), deberá comunicarlo a su AFP hasta diez días calendario antes de efectuado cualquiera de los tres desembolsos, lo cual anula las armadas pendientes de pago.
Para tal fin, el afiliado debe ingresar su solicitud conforme a los canales y formatos que establezca la AFP en cumplimiento del numeral 3.3. La AFP debe dar respuesta a lo solicitado a través del medio que permita guardar constancia de ello, precisa la Resolución SBS N°1484-2021.
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¿CUÁNDO ME PAGARÁN LOS 17.600 SOLES DE MI AFP?
De acuerdo con la Resolución SBS N°1484-2021, cada AFP dispondrá la entrega de los fondos conforme a un cronograma.
Fechas de pago
- Primer desembolso de hasta 1 UIT: en un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde presentada la solicitud ante la AFP.
- Segundo desembolso de hasta 1 UIT: en un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde efectuado el primer desembolso por la AFP.
- Tercer desembolso por el remanente del monto solicitado hasta 2 UIT: En un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde efectuado el segundo desembolso por la AFP.