Si perteneces a la lista de países beneficiarios de la Visa ESTA, debes tener en cuenta ciertas consideraciones como el periodo de estancia y lo que necesitas para poder ingresar a Estados Unidos. En esta nota, te explicamos lo que debes hacer.
Si bien en la mayoría de países sus ciudadanos debe tramitar su visa para viajar a Estados Unidos, hay un grupo privilegiado de 41 naciones que no requiere visado y que está dentro del llamado Programa de Exención de Visa o Visa Waiver Program (VWP, sigla en inglés), que es parte del Electronic System for Travel Authorization (ESTA, por su sigla en inglés).
Se trata de un sistema automatizado que ayuda a determinar la elegibilidad para viajar al país norteamericano e identificar si el traslado presenta algún riesgo de seguridad o de aplicación de la ley.
Una aprobación ESTA solo autoriza a un viajero a viajar a los Estados Unidos bajo el VWP durante máximo 90 días durante cada visita durante un periodo de dos años. Sin embargo, esta visa solo sirve para viajes turísticos, de negocios, para visitas familiares o para recibir tratamiento médico, ya que no da autorización para trabajar, estudiar, ni vivir en el país. De la misma manera que una visa válida, un ESTA aprobado no es una garantía de admisibilidad a los Estados Unidos en un puerto de entrada.
Primero, debes asegurarte que estás en la lista de países que participan del Programa de Exención de Visa. Si es así, debes seguir los siguientes pasos:
Si ya tienes tu Visa Waiver Program, para viajar a EE. UU. bajo el Programa de Exención de Visa necesitas un pasaporte con una validez mínima de 6 meses a partir de la fecha de su viaje.
Cuando ingreses a Estados Unidos, el funcionario que lo reciba en su puerto de entrada le emitirá un Formulario I-94W, con un registro electrónico de su fecha de entrada.
Una vez que la solicitud del ESTA es aprobada, tiene una validez de dos años y le permite realizar múltiples visitas a Estados Unidos dentro de ese periodo, sin tener que solicitarla de nuevo. Pero a diferencia de una visa, solo puedes permanecer un máximo de 90 días por visita, en lugar de 180.
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