Se acerca el fin de año y muchas personas que vienen pregutando cuáles son los días festivos oficiales del 2024 en Colombia. Recuerdas que estos descansos son aprovechados por las familias para realizar pequeños viajes y alejarse de la rutina. Si estás pensando en unas vacaciones, es importante que conocer los feriados del nuevo año que viene. Atento con la siguiente información.
En el año 2024, algunos días festivos mantendrán su fecha original, mientras que otros serán trasladados al lunes siguiendo las regulaciones. De acuerdo con el calendario, habrá un total de 13 días festivos que coincidirán con un lunes. Es importante destacar que febrero y septiembre serán los únicos meses del año sin días festivos oficiales. Por otro lado, la mayor cantidad de días festivos se producirá en abril, durante la celebración de la Semana Santa.
Muchas familias ya están planeando sus próximas vacaciones considerando los próximos días festivos en Colombia. Si estás pensando en organizar tu próximo viaje, no esperes más y revisa la información a continuación. Es importante destacar que la mayoría de los meses tienen dos días festivos, brindándote una excelente oportunidad para relajarte.
Si estás planeando un viaje en compañía de tu familia o amigos, es fundamental que planifiques con antelación los destinos que deseas visitar y busques buenas alternativas de alojamiento. Ten en cuenta que durante estos períodos, suele haber una mayor afluencia de viajeros, por lo que es importante mantener la paciencia. Además de considerar las opciones internacionales, no descartes la posibilidad de explorar los encantadores pueblos de Colombia y disfrutar de su magia.
Solo los meses de febrero y septiembre carecen de festivos oficiales. La mayor cantidad de días festivos se concentran en abril, coincidiendo con la Semana Santa, que será uno de los principales períodos de descanso en el 2024. Además, entre mayo y agosto, también habrán días libres para muchos ciudadanos.
La ley 51 de 1983 establece que todos los empleados, tanto del sector público como del privado, tienen derecho al “descanso remunerado” en los días festivos oficiales. De acuerdo con el Código Sustantivo del Trabajo, artículo 179, los trabajadores tienen la responsabilidad de recibir un pago adicional del 75% por los días festivos y dominicales en los que sean requeridos para laborar.
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