La población en Colombia, como cada año, se encuentran a la expectativa sobre las fechas de los días festivos para planificar sus próximas vacaciones. Durante estos tiempos de descanso y feriados, se suelen aprovechar para realizar paseos en familia o incluso viajar a otras ciudades o al extranjero. En esta nota, se brindará información detallada sobre los días no laborables en mayo y en el resto del 2023. ¡Toma nota!
La mayoría de los meses del año cuentan con dos días de celebración, lo cual representa una excelente oportunidad para disfrutar de un merecido descanso del trabajo o los estudios. Durante el año 2023, algunos de estos días festivos serán celebrados en su fecha original, mientras que otros serán trasladados al lunes para cumplir con las regulaciones correspondientes.
De acuerdo con el calendario oficial de Colombia, se prevén un total de 13 días festivos que tendrán lugar en lunes. Es importante destacar que los únicos meses del año que no tendrán días festivos oficiales son febrero y septiembre. Sin embargo, la mayor cantidad de días festivos se concentrará en abril, coincidiendo con la celebración de la Semana Santa.
Únicamente los meses de febrero y septiembre no tendrán días festivos oficiales. La mayor cantidad de festividades se concentrará en abril, durante la Semana Santa, lo que lo convierte en uno de los periodos de descanso más importantes del año 2023. No obstante, julio también contará con días festivos para muchos ciudadanos, por lo que no será el único mes con días libres.
Si tienes planes de viajar, es esencial que planifiques con antelación los destinos que deseas visitar y busques opciones de alojamiento. Es importante tener en cuenta que durante las fechas festivas, muchas personas también planean sus viajes, por lo que se requiere paciencia. Además, si consideras viajar al extranjero, también puedes disfrutar de la belleza y el encanto de los pintorescos pueblos de Colombia.
La Ley 51 de 1983 determina que tanto los empleados del sector público como del sector privado tienen derecho a un “descanso remunerado” durante los días festivos oficiales. De acuerdo con el artículo 179 del Código Sustantivo del Trabajo, los trabajadores tienen la obligación de recibir un pago adicional del 75% por los días festivos y los domingos trabajados.
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