Después de que se ampliara el Estado de Emergencia (y por ende, la cuarentena obligatoria) hasta el próximo 10 de mayo en todo el territorio nacional con el fin de combatir el nuevo coronavirus (COVID-19), el Gobierno peruano dispuso que las personas que necesiten transitar durante el aislamiento social obligatorio por motivos laborales, deben hacerlo con un pase personal. Sin embargo, si a su vez necesitan movilizarse en un vehículo propio, deben contar con un pase. En ese sentido, los ministerios del Interior y Defensa dieron a conocer que desde el pasado jueves 30 de abril, entrará en vigencia el Nuevo Pase Vehicular que deberán tramitar aquellas personas que ya cuentan con un Pase Personal Laboral y requieran trasladarse en sus vehículos particulares.Te invitamos a revisa los detalles, novedades y requisitos para portar el permiso del Gobierno. Mantente informado de todos los detalles, a continuación.
En primer lugar, el Pase Personal Laboral no se extiende para compra de alimentos u otros productos de primera necesidad, sino para las actividades laborales permitidas por el Gobierno durante las Emergencia Nacional. Ya que solo se podrá transitar hacia el lugar asignado para realizar las labores correspondientes. Eso sí, este permiso seguirá rigiendo de acuerdo a las normas estipuladas por el Gobierno.
Los ciudadanos que necesiten tramitar el pase vehicular solo deben seguir unos pocos pasos de manera online. A continuación te brindamos el procedimiento.
1. Entra a la web: https://www.gob.pe/paselaboral/request_new
2. Ingresa tu número de DNI y fecha de emisión en el recuadro que te pide
3. Completa tu información personal requerida
4. Luego, ingresa el motivo del pase (trabajo en producción, abastecimiento, establecimiento de salud, medio de comunicación, etc.)
5. En la parte final de la ventana, completa la información de tu centro de trabajo.
6. Por último, ingresa la placa de tu vehículo, marca el casillero “Declaración” para aceptar que la información brindad es verídica, y dale clic en “Solicitar”.
Según lo dispuesto por el Gobierno, los siguientes vehículos podrán transitar son los siguientes:
Para poder intentar tramitar el pase vehicular, debes contar con el Pase Personal Laboral. Asimismo, las personas que transiten en vehículo, además de llevar el pase vehicular visible en el parabrisas delantero, deberán portar su Pase Personal Laboral, su fotocheck y su DNI.
Los miembros de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional, Instituto Nacional Penitenciario y Bomberos en ejercicio de sus funciones podrán circular con vehículos particulares debidamente identificados.
Las personas que requieren asistir a establecimientos de Salud para atención médica de emergencia por encontrarse en grave riesgo, podrán circular con su vehículo particular.
Cabe resaltar que no está permitido el empleo de vehículos particulares para la adquisición de productos alimenticios, compra de medicamentos o realizar transacciones financieras.
Finalmente, durante la inmovilización social obligatoria y en casos de emergencia, los vehículos deberán transitar con las luces interiores e intermitentes encendidas, a una velocidad no mayor de 30 km/h.
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