Estas son las acciones que puedes tomar si no te pagaron gratificación. (Foto: Experian)
Estas son las acciones que puedes tomar si no te pagaron gratificación. (Foto: Experian)

Muchas personas están ansiosas esperando el pago de su de diciembre, beneficio laboral que reciben todos los empleados que están planilla gracias a la Ley N°27735, la cual establece que aquellos trabajadores que hayan cumplido con el semestre laboral completo percibirán una remuneración íntegra adicional y a quienes hayan trabajado un tiempo menor se les entregará un monto proporcional. Las empresas están obligadas a realizar el abono de este dinero; sin embargo en algunas ocasiones, no cumplen con este deber y ello trae consecuencias. En esta nota de Depor, te explicamos que acciones puedes tomar si la compañía en la que trabajas no te pagó tu gratificación.

¿Qué hacer si no te pagaron gratificación?

Aquellos empleados que recibieron la gratificación de diciembre dentro del plazo legal establecido, tienen la opción de presentar una denuncia ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), entidad que se encarga de asegurar que se cumplan los derechos laborales en el Perú. Si un empleador paga la gratificación con retraso, el trabajador tiene derecho a intereses legales sobre el monto adeudado.

Canales para presentar una denuncia ante Sunafil

Los trabajadores que deseen denunciar la falta de pago de la gratificación de diciembre por parte de su empleador pueden utilizar los diversos canales que tiene la Sunafil:

Estos medios se han dispuesto para facilitar el proceso y asegurar que los trabajadores puedan reclamar eficazmente sus derechos.

¿Cómo exigir el cumplimiento del pago de la gratificación?

  • Los trabajadores tienen derecho a emitir un requerimiento por escrito directamente a sus empleadores para notificar sobre la falta de pago de sus gratificaciones, sin requerir la firma de un abogado.
  • En empresas con representación sindical, la comunicación debe realizarse a través de dichos canales.
  • Si en la compañía no hay sindicatos, se puede proceder mediante los departamentos de recursos humanos.

Es relevante señalar que la ley no obliga a los empleadores a responder a estos requerimientos, aunque sí deben proporcionar una justificación en caso de retrasos o pagos parciales, explicó el jefe de área laboral de Gaceta Jurídica, Jorge Castillo Guzmán, para el portal web La Ley.

Asimismo, hay que tener en cuenta que se puede interponer una demanda laboral, pero no se recomienda porque podría deteriorar irremediablemente la relación con el empleador y podría resultar en un costo mayor que la gratificación en disputa.

Como medida alternativa, el trabajador puede considerar la falta de pago como un acto de hostilidad y solicitar el cese de la misma. De no obtener respuesta en seis días naturales, se presume el despido y es posible solicitar una indemnización por despido arbitrario.

¿Qué pasa si la empresa dónde trabajas no te paga tu gratificación?

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) indica que el incumplimiento del pago de este beneficio laboral está tipificado como una infracción grave, por lo que las empresas que no lo hagan podrán ser denunciadas y multadas. En el caso de las pequeñas empresas, la multa oscila entre S/ 2.227,50 y S/ 22.275, mientras que para empresas que no califican como Mypes (micro y pequeñas empresas), la sanción va desde los S/ 7.771,50 hasta los S/ 129.294. Este sistema de penalizaciones busca proteger el derecho de los trabajadores a recibir este beneficio de forma oportuna.

¿Qué es la gratificación y por qué se paga?

La gratificación es un beneficio laboral establecido en la legislación peruana que busca reconocer y recompensar el esfuerzo y la dedicación de los trabajadores del sector privado en el país. Se trata de un pago adicional que se realiza dos veces al año, en julio y diciembre, y equivale a una remuneración mensual completa, la cual se encuentra regulada por el Decreto Legislativo N° 677, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios.

Esta norma establece que todo trabajador con al menos un mes de servicio tiene derecho a recibir la gratificación. El monto a pagar es calculado en base al sueldo del trabajador y se consideran los conceptos remunerativos regulares, así como cualquier otro pago acordado entre el empleador y el empleado. Es importante destacar que la gratificación es de carácter obligatorio para los empleadores y es un derecho irrenunciable del trabajador.

¿A quiénes les toca la gratificación de diciembre de 2023?

Según la Ley N° 27735 tienen derecho a recibir el beneficio laboral, las personas que cumplan alguno de los siguientes requisitos.

  • Trabajar en una empresa privado.
  • En el caso de trabajadores de pequeñas empresas, tienen derecho a media gratificación (en julio y diciembre).
  • Aquellos trabajadores que laboren bajo el régimen agrario.
  • Los trabajadores de las entidades públicas bajo el régimen laboral de la actividad privada.

Cálculo de la gratificación de diciembre 2023?

Los trabajadores que deseen saber cuál es el monto que recibirán como gratificación en diciembre podrán calcularlo de la siguiente manera:

¿A quiénes les corresponde la bonificación extra del 6.76%?

Aquellos trabajadores que se encuentran afiliados a una Empresa Prestadora de Salud (EPS). Es decir, el pago es de un sueldo completo más el porcentaje adicional.

¿Quiénes reciben la bonificación extraordinaria del 9%?

Los trabajadores que están en planilla y dentro del régimen privado tendrán un sueldo íntegro por concepto de gratificación y, adicionalmente, los afiliados por EsSalud recibirán una bonificación extraordinaria del 9%, según la Cámara de Comercio de Lima (CCL). Mientras los colaboradores que se encuentran afiliados a una Empresa Prestadora de Salud (EPS), la bonificación extraordinaria será del 6.76%.

“Conforme a la Ley N°27735, norma que regula el otorgamiento de las gratificaciones y siempre que el trabajador haya laborado el semestre completo (enero - junio 2023). El plazo para el pago de este beneficio vence este 15 de julio, el mismo que deberá figurar en la planilla electrónica”, señaló Álvaro Gálvez, gerente del Centro Legal de la CCL. Asimismo, la CCL indica que en caso los trabajadores hayan laborado algunos meses en dicho semestre, la gratificación será equivalente a un sexto de sueldo por cada mes trabajado. Aunque, si en un mes el trabajador tuviera inasistencia injustificadas, por cada una se descontará un treintavo del sexto a percibir

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SOBRE EL AUTOR

Licenciada en periodismo de la Universidad Jaime Bausate y Meza con especialización en medios digitales y gestión pública. Cuenta con más de 13 años de experiencia en medios públicos y privados.

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