El retiro de la CTS en su totalidad no sería del todo favorable, según especialistas. (Foto: gob.pe)
El retiro de la CTS en su totalidad no sería del todo favorable, según especialistas. (Foto: gob.pe)

En la actualidad, la es un fondo de seguridad económica que se le otorga a los trabajadores peruanos según lo señala la ley. Su propósito es proveer un soporte económico a los trabajadores en caso de renuncia o despido. Este beneficio es acumulativo y se calcula en función al tiempo de servicio y al último salario percibido por el trabajador.

Como se recuerda, el Congreso presentó hace unos días un proyecto de ley que propone liberar el 100 % de la CTS hasta fines del 2024. Por eso, Depor te da toda la información que necesitas saber sobre esta iniciativa y otros detalles con respecto al retiro de este fondo económico.

¿Qué se sabe sobre el nuevo retiro de la CTS 2024?

Hace unos días, el congresista de Acción Popular, Raúl Doroteo, presentó el proyecto de ley N.° 7010/2023-CR que permite a todos los trabajadores del Perú retirar por única vez por completo su CTS teniendo como plazo hasta el 31 de diciembre de 2024. Se espera que en los próximos días exista más información sobre este esperado proyecto.

¿Cuáles son los requisitos para cobrar la CTS 2024?

Para retirar la CTS en el 2024, las personas necesitan haber acumulado un monto mayor a cuatro sueldos, (dependiendo el salario) para retirar el excedente. Asimismo, debes acercarte al banco donde se encuentra tu dinero y presentar tu solicitud. Por el momento, el Congreso viene evaluando la disponibilidad de retirar un monto superior de la CTS.

¿A quiénes les corresponde cobrar la CTS?

  • Todos los empleados del régimen privado que trabajan, como mínimo, una jornada de cuatro horas diarias.
  • Trabajadores de pequeñas empresas que reciban 15 remuneraciones diarias por año completo de servicios. El máximo de remuneraciones diarias es de 90.
  • En el caso de los trabajadores agrarios, la CTS se encuentra incluida dentro de la remuneración diaria a razón del 9.72% del sueldo básico. No obstante, el colaborador puede solicitar el abono de forma diferenciada y semestral, como en el régimen laboral común.
  • Los trabajadores del hogar han sido incluidos recientemente. A ellos se les deberá abonar la CTS en las mismas condiciones que el régimen laboral común.

¿Cuándo depositan la CTS en 2024?

A continuación, te presentamos las dos fechas en la cual las empresas están obligadas a realizar el depósito de la CTS y estas son:

  • Durante los primeros 15 días de Mayo (Máximo hasta el 15 de mayo).
  • Durante los primeros 15 días de Noviembre (Máximo hasta el 15 de noviembre).

¿Cómo calcular cuánto te corresponde de CTS?

Según con lo que explicó el associate partner del Área Laboral de EY Perú, Mauricio Matos, a la agencia Andina, el cálculo de la CTS se realiza de la siguiente manera:

  • Si el trabajador percibe una remuneración principal imprecisa o variable, la CTS será el resultado del promedio del sueldo percibido por el trabajador en los seis meses que comprende cada periodo. Esto quiere decir que se promedia el salario de noviembre a abril (para la CTS de mayo) o de mayo a octubre (para la CTS de noviembre).
  • Si el trabajador percibe una remuneración fija, pero tiene una remuneración complementaria imprecisa o variable (por ejemplo, percibe horas extras) estos montos serán incluidos en el cálculo siempre y cuando hayan sido percibidos 3 o más veces en el periodo de noviembre del año anterior a abril (para la CTS de mayo) o en el periodo de mayo a octubre (para la CTS de noviembre), en cuyo caso los conceptos se suman y se dividen por 6.

Para calcular el monto, toma en cuenta tu sueldo mensual, luego súmale 1/6 de la gratificación (divide tu gratificación entre seis). Ese monto, divídelo entre 360 y luego multiplícalo por los días laborados (para todo el semestre, serían 180).


TE PUEDE INTERESAR

SOBRE EL AUTOR

Licenciada en periodismo de la Universidad Jaime Bausate y Meza con especialización en medios digitales y gestión pública. Cuenta con más de 13 años de experiencia en medios públicos y privados.

Contenido Sugerido

Contenido GEC