La exclusión de la selección femenina de Guinea Ecuatorial del Mundial 2019 es uno de los argumentos que el equipo legal de Chile maneja como antecedentes de cara la denuncia que ha presentado ante la FIFA contra Ecuador por presunta alineación indebida del defensa Byron Castillo, cuyo lugar de origen es objeto de polémica. Así lo explicó a la agencia EFE Eduardo Carlezzo, jefe de la firma de abogados que ha logrado que el organismo haya accedido a abrir un expediente de investigación a la selección norteña, que se clasificó de forma brillante para el Mundial Qatar 2022 como cuarta de Sudamérica, por delante de Perú -en repesca- y Chile eliminada.
Chile cree que en caso de que se confirme que Castillo nació en Colombia y no en Ecuador, debería aplicarse el artículo 22 del código disciplinario de la FIFA y dar por perdidos a Ecuador los partidos en los que participó Castillo, lo que permitiría a La Roja escalar al cuarto puesto y reclamar el billete para el Mundial.
“En este nivel, no”, explicó Carlezzo sobre si hay antecedentes de que la FIFA haya ordenado la salida de una selección ya clasificada para la fase final. “Pero en fútbol femenino, nosotros también enviamos el antecedente a FIFA de que Guinea Ecuatorial también ha sido sancionada por FIFA con la exclusión de competiciones de la FIFA justamente por haber utilizado jugadoras que habrían falsificado su documentación de nacimiento”, afirmó.
“Los crímenes son muy graves. Estamos hablando de un crimen, uso de un documento falsificado es un crimen en cualquier país y eso merece una sanción muy dura por parte de FIFA”, subrayó.

El caso guineano
En 2017, la comisión Disciplinaria de la FIFA sancionó a la Federación Ecuatoguineana de Fútbol con la expulsión de la Copa Mundial Femenina y una multa de 100.000 francos suizos (algo más de 87.000 euros) por alinear a jugadoras que no cumplían los requisitos de convocatoria durante la competición preliminar del torneo olímpico de fútbol femenino Río 2016.
En ese caso, el organismo que rige el fútbol internacional aplicó los artículos 55 y 61 del Código Disciplinario de la FIFA (CDF) al constatar que dos de jugadoras utilizaron documentos falsificados.
“La decisión de la comisión Disciplinaria de la FIFA se basa en los resultados de las investigaciones realizadas tras las sanciones iniciales, impuestas a la federación ecuatoguineana en abril de 2016″, se explicó entonces en un comunicado.
“En particular, la comisión Disciplinaria de la FIFA consideró que las diez jugadoras que se nombran a continuación -todas ellas participantes en la competición preliminar del torneo olímpico de fútbol femenino Río 2016- no cumplían con las condiciones estipuladas para integrar la selección absoluta de Guinea Ecuatorial”, proseguía.
Y detallaba que se había demostrado que “las jugadoras Muriel Linda Mendoua Abessolo y Francisca Angue Ondo Asangono, que también participaron en la competición preliminar del torneo olímpico de fútbol femenino Río 2016 representando a Guinea Ecuatorial violaron el art. 61, apdos. 1 y 2 del CDF (falsificación de títulos)”.
“A ambas, se les impuso una suspensión de los diez partidos internacionales siguientes para los que pudieran ser convocadas de conformidad con el Reglamento de Aplicación de los Estatutos de la FIFA”, finalizó.
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Con la información de EFE
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