El Gobierno dispuso de un nuevo protocolo sanitario para aquellos comercios que se encuentran permitidos y regirán el servicio de delivery por terceros, es decir, aplicaciones de reparto como Glovo, Rappi y Uber Eats, todo ello en el marco de la fase de la reactivación de la economía.
La Resolución Ministerial N° 163-2020-PRODUCE, publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, establece los lineamientos para contribuir con la prevención del contagio por COVID-19 sobre los lineamientos generales para la vigilancia de salud de los repartidores de delivery.
Y es que hace unos días que está permitido el reparto por delivery de servicios de comida, pero no la terciarización del mismo debido a los protocolos de seguridad que debían seguir para evitar la propagación del virus que ya ha contagiado a más de 110 mil personas en el país.
Disposiciones básicas
El empleador deberá incluir en sus planes de vigilancia prevención y control de la salud en el trabajo de manera obligatoria aspectos como:
- Razón social y RUC
- Región, provincia, distrito y dirección de cada sede de la empresa
- Representante legal y DNI
- N° total de trabajadores con vínculo laboral
- Nómina de repartidores independientes
- Nómina de personal del servicio de seguridad y salud en el trabajo de cada empresa, indicando profesión, grado, especializaciones, y formación en salud y seguridad de los trabajadores.
Cada aplicativo deberá involucrar a los familiares directos de los trabajadores en las medidas de seguridad que deben seguir para lograr un desarrollo seguro de sus actividades. Para dichos efectos se elaborará y difundirá, en formatos físicos o digitales, la información necesaria sobre las medidas de cuidado y protección que las familias deben implementar y seguir.
En la cadena de distribución y comercialización de los productos se debe considerar el uso de medidas de protección de los trabajadores en los puestos que tengan contacto con los clientes haciendo uso de barreras físicas si fuera necesario.
La forma de entrega del pedido considerará el uso de un elemento que permita dejar el pedido en una superficie por encima del piso, tal como han venido realizando algunos comercios en sus protocolos de delivery.
La norma establece que se limitará la conexión de repartidores independientes a los aplicativos en base a las proyecciones en horas de alta y baja demanda para evitar aglomeraciones en espacios públicos y obtener el número necesario de trabajadores por hora.
Seguro privado
Las apps de reparto brindarán un seguro privado a los repartidores que los protegerá del COVID-19, otorgando 90 días de cobertura:
a) Renta Hospitalaria por COVID-19: A partir del a partir del cuarto día de hospitalización y hasta un máximo de 60 días.
b) Indemnización por recuperación: al alta hospitalaria de cuidados intensivos (UCI).
c) Indemnización por fallecimiento
d) Orientación médica telefónica las 24 horas
Asimismo, contarán con un fondo de asistencia para dar ayuda financiera a quienes se les diagnostique con COVID-19. Este fondo brindará un monto de dinero a los repartidores diagnosticados con la enfermedad, como soporte durante el tiempo en el que no van a prestar servicios, debido a su recuperación.
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