Nuevo Pase Vehicular, revisa los últimos detalles: ¿el servicio de taxi debe tramitar el permiso?

Desde este 30 de abril se podrá solicitar y tramitar el Nuevo Pase Vehicular. Sin embargo, hay una pregunta que todos se hacen: ¿las personas que brindan servicio de taxi requieren el permiso? A continuación te damos todos los detalles.
¿El servicio de taxi necesita sacar el Pase Vehicular?

Vamos con la información. Revisa aquí cómo solicitar y tramitar tu Nuevo Pase Vehicular. Tras la ampliación del (y por ende, la cuarentena obligatoria) hasta el 10 de mayo en todo el territorio nacional con el fin de combatir el nuevo , el Gobierno peruano dispuso que las personas que necesiten transitar durante el aislamiento social por motivos laborales, deben hacerlo con un pase personal. Pero si a su vez necesitan movilizarse en un vehículo propio, deben contar con un pase personal. En ese sentido, los ministerios del Interior y Defensa dieron a conocer que que deberán tramitad todas aquellas personas que ya cuentan con un y requieran trasladarse en sus vehículos particulares. En los siguientes párrafos revisa todos los detalles, novedades y requisitos para portar el permiso del Gobierno.

¿El servicio de taxi requiere tramitar el Nuevo Pase Vehicular?

Una de las preguntas que más se hacen los ciudadanos es si los que hacen servicio de taxi deben solicitar y tramitar el nuevo pase vehicular. La repuesta, según la Autoridad de Transporte Urbano (ATU), es NO. Eso sí, el servicio de taxi se mantiene para trasladar a quienes prestan servicios en las actividades esenciales.

Por ello, para verificar si tu vehículo está autorizado por la ATU y saber los días asignados para circular, debes ingresar al siguiente enlace: .

Los vehículos que brindan servicio de taxi no necesitan tramitar el Pase Vehicular. (Foto: ATU)

¿Para qué sirve el Pase Personal Laboral?

En primer lugar, el Pase Personal Laboral no se extiende para compra de alimentos u otros productos de primera necesidad, sino para las actividades laborales permitidas por el Gobierno durante las Emergencia Nacional. Ya que solo se podrá transitar hacia el lugar asignado para realizar las labores correspondientes. Eso sí, este permiso seguirá rigiendo de acuerdo a las normas estipuladas por el Gobierno.

¿Cómo solicitar el nuevo pase vehicular?

Los ciudadanos que necesiten tramitar el pase vehicular solo deben seguir unos pocos pasos de manera online. A continuación te brindamos el procedimiento.

1. Entra a la web:

2. Ingresa tu número de DNI y fecha de emisión en el recuadro que te pide

3. Completa tu información personal requerida

4. Luego, ingresa el motivo del pase (trabajo en producción, abastecimiento, establecimiento de salud, medio de comunicación, etc.)

5. En la parte final de la ventana, completa la información de tu centro de trabajo.

6. Por último, ingresa la placa de tu vehículo, marca el casillero “Declaración” para aceptar que la información brindad es verídica, y dale clic en “Solicitar”.

A partir de hoy (30 de abril) entrará en vigencia el permiso para tramitar el Pase Vehicular.

¿Qué vehículos pueden durante el Estado de Emergencia?

Según lo dispuesto por el Gobierno, los siguientes vehículos podrán transitar son los siguientes:

¿Quiénes pueden sacar el pase vehicular?

Para poder intentar tramitar el pase vehicular, debes contar con el Pase Personal Laboral. Asimismo, las personas que transiten en vehículo, además de llevar el pase vehicular visible en el parabrisas delantero, deberán portar su Pase Personal Laboral, su fotocheck y su DNI.

Los miembros de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional, Instituto Nacional Penitenciario y Bomberos en ejercicio de sus funciones podrán circular con vehículos particulares debidamente identificados.

Las personas que requieren asistir a establecimientos de Salud para atención médica de emergencia por encontrarse en grave riesgo, podrán circular con su vehículo particular.

Cabe resaltar que no está permitido el empleo de vehículos particulares para la adquisición de productos alimenticios, compra de medicamentos o realizar transacciones financieras.

Finalmente, durante la inmovilización social obligatoria y en casos de emergencia, los vehículos deberán transitar con las luces interiores e intermitentes encendidas, a una velocidad no mayor de 30 km/h.

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