ONP: requisitos, quienes pueden retirar el 100% y aportantes activos del fondo

La Comisión de Economía aprobó un proyecto de ley para que los exaportantes puedan pedir el total de sus fondos de pensiones en el Perú. Esto deberá ser confirmado por el Pleno del Congreso, pero te vamos preparando.
ONP Retiro 100%: ¿cuáles serán los requisitos para sacar este dinero? (Foto: Andina)

Vamos con la presente información. En el Congreso de la República, la Comisión de Economía aprobó un dictamen que permitirá que los exafiliados de la (Oficina de Normalización Previsional) puedan sacar el 100% de las contribuciones que hicieron al Sistema Nacional de Pensiones. Además, los aportantes activos podrán solicitar hasta 4 300 soles (1 UIT). La idea es que las personas de edad tengan recursos para sobrevivir en esta pandemia de coronavirus que ha golpeado brutalmente la economía peruana. Este proyecto todavía debe ser aprobado por el Pleno. En caso llegara a ser ley, habrá requisitos para quienes quieran pedir el monto. Esperamos que la nota sea de tu utilidad.

¿Cuáles son los requisitos para retirar el 100% de la ONP?

De acuerdo al dictamen, hay dos requisitos para las personas que quieran retirar el total de sus aportes acumulados en la ONP. Primero, ser mayor de 55 años y segundo, no haber aportado por 20 años o más al Sistema Nacional de Pensiones.

Anthony Nova Cruzado, congresista de Acción Popular y presidente de la Comisión de Economía, señaló que este dictamen le hace justicia a los ciudadanos que aportaron menos de 20 años en el sistema y que no pueden recibir una pensión.

En tanto, los afiliados activos podrán pedir de manera excepcional hasta 4.300 soles. No hay condiciones para ellos.

¿Cómo es el proceso de retiro?

La Comisión de Economía plantea que las solicitudes tendrán que realizarse mediante un formulario virtual o de manera escrita en el Banco de la Nación. Luego, estos pedidos deberán ser atendido en un plazo máximo de 30 días hábiles por la ONP.

Desde que el requerimiento es aceptado, la ONP deberá entregar el 50% del monto acumulado de los aportes en un periodo de 30 días útiles.

La otra mitad será devuelta en un plazo de 60 días hábiles desde que se hizo el primer desembolso

De igual forma, la Comisión señala que el retiro de estos aportes tiene un carácter de intangibilidad. ¿Qué quiere decir eso? Pues que no podrán ser descontados ni embargados si es que la persona tiene alguna deuda pendiente. Solo le retendrán hasta un 30% del dinero solicitado en caso el aportante tenga deudas alimenticias.

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