En la siguiente nota te contamos todos los detalles. Muchas son las personas que a diario dejan sus países para emigrar rumbo a los Estados Unidos en busca del ‘sueño americano’, por un mejor futuro para ellos mismos y para sus familias. Sin embargo, es una enorme cantidad de las personas que luego quieren llevar a sus familiares a los Estados Unidos y para esto hay un trámite llamado el ‘Parole Humanitario’, donde tú puedes aplicar para ser un patrocinador y llevar a un familiar cercano para que viva contigo en el Estado donde te encuentres residiendo.
Se trata de un permiso de permanencia temporal que se da por razones humanitarios urgentes o de beneficio público significativo. Con este permiso se puede ingresar sin problemas a los Estados Unidos. Fue creado para solucionar la gran crisis que había en la frontera debido a la alta demanda de cruces ilegales. Por ello, se disponen 30 mil permisos mensuales para otorgarlos a ciudadanos de Cuba, Venezuela, Nicaragua y Haití.
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS), señala que para poder iniciar el trámite, el interesado debe contar con un pasaporte vigente, además de un patrocinador en Estados Unidos, que esté dispuesto a solicitar la participación de la persona en el parole humanitario.
Además, el patrocinador debe demostrar que tiene los recursos financieros para respaldar la estancia durante dos años. USCIS anunció la apertura para que migrantes que ingresaron al país y que obtuvieron un permiso de permanencia temporal (“parolees”) tramiten en línea su permiso de trabajo con el Formulario I-765.
Normalmente el permiso de permanencia temporal se otorga por un periodo que no excede de un año. USCIS especificará el periodo necesario para que cumpla el propósito del permiso tal como se indica en la parte 3 del Formulario I-131.
El parole puede terminar en dos momentos. La finalización dependerá del evento, entre los dos siguientes, que ocurra primero.
Las personas que deseen aplicar al parole humanitario deberán cumplir con una serie de requisitos y aquí te lo detallamos:
No son elegibles las personas que:
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