Varias empresas ya iniciaron el pago de las utilidades, a pesar de que aún no ha culminado el plazo de vencimiento dado por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria. Sin embargo, ¿qué pasa si pasada la fecha establecida no te hacen el depósito?
La participación de las utilidades es un derecho reconocido en el artículo 29° de la Constitución Política del Perú, que tiene como objetivo que los trabajadores accedan a las utilidades netas (cuando las hubiera) que percibe el empleador como consecuencia de su gestión empresarial. No cumplir con el pago, es una falta grave, que trae como consecuencia fuertes multas.
El depósito se deberá realizar dentro de los 30 días de vencido el plazo para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta, de acuerdo con el cronograma dado por la Sunat, que este 2023 se inicia el 24 de marzo y concluye el 11 de abril.
Las empresas que desarrollen actividades generadoras de rentas de tercera categoría están obligadas a distribuir utilidades, siempre y cuando tengan, en promedio, más de 20 trabajadores. Las microempresas acreditadas en el Registro Nacional de las Micro y Pequeñas Empresas no se encuentran obligadas al reparto de utilidades, según ley, al igual que las cooperativas, comunales y sociedades civiles.
Las utilidades se pagan en un plazo máximo de 30 días después de que la empresa presente la declaración jurada anual del Impuesto a la Renta. Si una empresa no cumple con pagarte en el plazo determinado, puedes denunciar el hecho a Sunafil.En la página podrás encontrar una guía y un video para llenar los datos de la empresa en que laboras.
Es considerada una infracción grave en materia de relaciones de trabajo el no pagar u otorgar íntegra y oportunamente los beneficios laborales a los que tienen derecho los trabajadores.
En ese sentido, en una revisión laboral y determinación de incumplimiento, el inspector de trabajo podría aplicar una multa entre 1.57 UIT hasta 26.12 UIT, el cual se calculará en función del número de trabajadores que no haya recibido su pago.
Si tiene dudas sobre si la empresa donde trabajas generó utilidades, tienes dos caminos para informarte, explicó el abogado laboralista de EY Perú, Jaime Cuzquén, a la agencia Andina.
Si no se generaron utilidades, se archiva la investigación; pero si las hubo y no se repartieron, la empresa puede ser sancionada por la Sunafil.
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